La presidenta de la Asociación de Profesionales del Arte de Curar del Hospital Infanto Juvenil Carolina Tobar García, había interpuesto acción de amparo contra el Gobierno “a fin de que arbitre las medidas necesarias para que se habiliten y entreguen las obras y remodelaciones en el citado nosocomio, cuyas etapas estarían concluidas y, además, se subsane la omisión de la gestión que, en forma flagrante y manifiesta vulnera los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes que requieren la protección del derecho a su salud, como así de sus familias y de los trabajadores y profesionales que forman la comunidad hospitalaria”.
La accionante pidió como medida cautelar “que se entregue al Director del Hospital la llave de la obra para que se pueda utilizar el comedor, los lugares de recreación y los baños para los 60 niños internados y los 100 menores del centro de día que se encuentran hacinados”.
Si bien el Gobierno había sido intimado en dos oportunidades previas para cumplir con la designación de personal, ello "aún se encuentra incumplida", según los jueces de la Sala II.
"Los recursos humanos de enfermería, técnicos y administrativos no son suficientes para hacer frente a las necesidades actuales del hospital", ante lo cual "se solicita de manera urgente adjudicar las partidas presupuestarias necesarias para cumplimentar la rogatoria".
“A pesar de una profunda vocación y compromiso en el trabajo realizado he verificado en innumerables detalles en los profesionales el grado de estrés por sobrecarga de tareas es significativo. Es una labor ya de por sí altamente estresante, en dichas condiciones haciendo el trabajo que debería ser dividido entre más profesionales, se pueden cometer errores y también producirse un deterioro en la salud física y psíquica de los mismos”, sostuvieron.
Respecto a las reformas edilicias, los jueces recordaron la responsabilidad que aún le cabe al Gobierno porteño por la finalización de la segunda y tercer parte de la obra, las cuales por el momento están paralizadas, y a la fecha deberían haber estado terminadas.
“Las obras a ejecutar tanto interiores como exteriores tienen por objeto la finalidad de poner el edificio en condiciones adecuadas de funcionamiento, involucrando la totalidad de su superficie, y todas sus instalaciones”, según los jueces.
Por otra parte, el fallo hace referencia a los inconvenientes dados por la superpoblación de pacientes, la falta de un plan de evacuación que "se encuentra pendiente de aprobación ante Defensa Civil", sumado a que aún "los simulacros aún no se han efectuado".
Incluso, y tal cual lo había denunciado el asesor tutelar Gustavo Moreno, la Cámara recalcó que algunos de los menores se “encuentran en condiciones de ser externados".
"Se trata de pacientes que de acuerdo con su diagnóstico, medicación suministrada, las causas y el tiempo de internación, ya no debían estar internados, pero aún no han podido ser derivados a centros de día, hogares u otros establecimientos", añadió la Cámara.
Los camaristas recordaron que a partir de “la existencia de acciones judiciales en trámite, se vienen adoptando medidas en protección de las pacientes internadas en el Hospital de Salud Mental Braulio Moyano, por ejemplo, el traslado interno de las pacientes y la inhibición de admisión de nuevas internas en algunos de los pabellones de ese establecimiento asistencial”.
Por otra parte, desestimaron el argumento del Gobierno porteño en cuanto a la supuesta falta de legitimación de la Asociación de Profesionales de Arte de Curar.
“No podría denegarse legitimación para accionar a una asociación de médicos, cuya labor diaria se despliega en el mentado nosocomio, en condiciones de sobrecarga de tarea y estrés, extremo que puede implicar un incremento en la posibilidad de error, así como el deterioro de la salud física y psíquica de quienes tienen la alta tarea de cuidar de la salud mental de los menores”, añadieron.