04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

15 años después

Se trata de una propuesta que pretende revisar los decretos emitidos antes de 1994 por una comisión compuesta por cinco diputados y cinco senadores. El autor de la iniciativa, Luis Petcoff Naidenoff afirmó que “en las etapas previas a la reforma constitucional de 1994, el Congreso había delegado en el Poder Ejecutivo amplias facultades, práctica que no solo era frecuente, sino irrestricta también”. TEXTO COMPLETO

 
El senador radical Luis Petcoff Naidenoff presentó un proyecto de ley para crear una comisión Bicameral de Evaluación de la Legislación Delegada Preexistente a la reforma constitucional de 1994. En los hechos, la comisión se ocupará de estudiar todos los decretos de antes de la reforma impulsada por el gobierno del ex presidente Carlos Menem. En cada caso determinará su ratificación o no por el Congreso.

El proyecto de Petcoff, en estudio en la comisión de Asuntos Constitucionales, prevé que la comisión Bicameral de Evaluación de la Legislación Delegante (su nombre formal) esté integrada por cinco diputados y cinco senadores de los distintos partidos políticos. Los legisladores podrán ejercer sus funciones por dos años, con posibilidad de reelección.

La iniciativa establece que el Presidente de la Comisión será designado “a propuesta del bloque político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso”. A partir del 10 de diciembre, ese bloque lo constituirá el Acuerdo Cívico y Social (que integra Petcoff), que ocupará 21 de las 72 bancas.

La comisión tendrá que elaborar, en los sesenta días posteriores a su creación, un “informe único” de las leyes que serán puestas a evaluación, para lo que se basará en el Digesto Jurídico Argentino, y los trabajos previos realizados por el Instituto de Capacitación Parlamentaria de la Cámara de Diputados y el Instituto Federal de Estudios Parlamentarios.

La iniciativa también prevé la participación de los ciudadanos: dentro de los treinta días de publicado el “informe único” en el Boletín Oficial, cualquier persona podrá remitir propuestas para “adicionar o sustraer” de la lista alguna ley. También se podrán enviar informes fundamentados que refieran a las leyes delegantes (decretos) en los cuales se exponga su posición.

Luego, la comisión tendrá otros treinta días para considerar las propuestas y dictaminar si se aprueban o no las modificaciones a la lista de leyes delegantes. La propuesta del senador por Formosa añade que en cada reunión de comisión podrán tratarse como máximo diez leyes, debiendo realizarse la discusión de cada norma en forma particular y se efectuará votación nominal sobre cada una de ellas.

La comisión deberá elevar dictamen en un plazo menor a cinco años.

Entre los fundamentos para la aprobación del proyecto, Petcoff aseguró que “en los hechos, los límites del principio básico de la tajante separación de poderes se han vuelto difusos en la medida en que fue creciendo el papel del Poder Ejecutivo respecto del Legislativo y nuevos instrumentos e instituciones han ido complejizando aún más la interpretación acerca de la línea divisoria entre las facultades de un poder y el otro”.

El senador subrayó que “en las etapas previas a la reforma constitucional de 1994, el Congreso había delegado en el Poder Ejecutivo amplias facultades, práctica que no solo era frecuente, sino irrestricta también”.

El proyecto -que estudia Asuntos Constitucionales, presidida por el senador kirchnerista Nicolás Fernández- indica que la cláusula transitoria octava del artículo 76 de la Constitución determina que “la legislación delegada preexistente (a 1994) que no contenga plazo establecido para su ejercicio caducará a los cinco años de la vigencia de esta disposición, excepto aquella que el Congreso de la Nación ratifique expresamente por una nueva”.

“La cláusula establece –enfatizó Petcoff-, prácticamente, la necesidad de una revisión de buena parte, por no decir la totalidad, del sistema jurídico argentino”.

Como la tarea encomendada por la cláusula transitoria no había sido comenzada al cumplirse el plazo de los cinco años, la “preocupación” y el “apuro” por evitar que se generara “inseguridad y vacío jurídico”, concluyó en la sanción de la ley 25.148 el 11 de agosto de 1999, cuyo artículo 3° estableció: “Apruébese la totalidad de la legislación delegada, dictada al amparo de la legislación delegante preexistente a la reforma constitucional de 1994”, recordó el senador radical.

“El cumplimiento de este imperativo constitucional (el estudio pormenorizado de todas las normas delegadas existentes) es el objeto del presente proyecto en busca del saneamiento de una de las más graves lesiones que sufre nuestro sistema de división de poderes”.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486