20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Brevatas

Otra imputación contra Faggionato | Destiman una denuncia contra dos camaristas del fuero comercial | Un freno a los cortes en Salta | Exigen el veto parcial de la Ley Impositiva | Veinticinco años para Colombo |

 
Piden la remoción del juez Faggionato Márquez por mal desempeño

El senador radical Ernesto Sanz presentó este jueves el pedido de remoción del juez federal de Zárate Campana, Federico Faggionato Márquez, por mal desempeño de sus funciones. Sanz sostuvo que en las causas en las que el magistrado “tiene un interés personal, se evidencian continuas arbitrariedades, parcialidades manifiestas, desconocimiento del derecho inexcusable, violación a las normas y garantías constitucionales, falta de prudencia y mesura en el desempeño de su función”. En tanto, en otros expedientes “se evidencian inexplicables inactividades procesales, importantes retrasos y desorden generalizado en la tramitación de las mismas, configurando un grave cuadro de privación de justicia en la jurisdicción a su cargo”. El senador y vicepresidente del Consejo imputó mal desempeño del juez en cinco causas. Ahora la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo, y luego el plenario, debe aprobar la acusación. “Téngase presente que no nos hallamos ante meros errores humanos, sino frente a un juez que ha desconocido las cualidades necesarias para la honorable tarea de administrar justicia, traspasando en reiteradas ocasiones los límites de la discrecionalidad en detrimento de los derechos e intereses que la Constitución Nacional le confió”, fundamentó Sanz.

Miguel Bargalló y María de Díaz Cordero habrían cometido un error de “protocolización”

Durante el plenario de este jueves, los consejeros resolvieron, por siete votos a favor y tres en contra, desestimar una denuncia presentada contra dos de los miembros de la Sala B de la Cámara Comercial, Miguel Bargalló y María Lilia de Díaz Cordero. Al plenario se presentaron dos dictámenes, de mayoría y de minoría. El aprobado hoy había sido elaborado por la ex representante del Ejecutivo en el Consejo, Marcela Losardo y su criterio fue mantenido por su sucesor, Héctor Masquelet. Igualmente, el dictamen sugirió la “profundización de la investigación administrativa iniciada”.

No pueden cortar el gas

La Cámara Federal de Salta hizo lugar a una acción de amparo y obligó a la compañía distribuidora del servicio de gas a no realizar cortes a aquellos usuarios que no puedan pagar el nuevo régimen tarifario dispuesto en estos días. Al confirmar la medida de primera instancia, la empresa Gasnor S.A, distribuidora del servicio, no podrá cortar el suministro ante la falta de pago del aumento dispuesto por decreto. La medida cautelar hizo lugar a un reclamo de una asociación civil, la cual se dirigía contra el Estado nacional y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), y en el cual se cuestionaron las tarifas aplicadas a partir del decreto 2067/08. “Lo que debe garantizarse con la medida dispuesta es que en el transcurso del proceso y hasta la resolución final sobre el test de constitucionalidad del Dcto 2067/08, no se torne ilusorio el reclamo por el derecho individual homogéneo de los usuarios a gozar del servicio público de gas natural, por interrupción del servicio a quienes no pagan el cargo cuestionado”, dijeron los camaristas al confirmar la medida de primera instancia de abril pasado.

Reclamo por el monto para recurrir al Tribunal Fiscal de Apelación

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires le solicitó al gobernador Daniel Scioli el veto parcial de la Ley Impositiva mediante la cual se modifica el artículo 104, inc. b), del Código Fiscal, elevando a la suma de $50.000 el monto establecido para recurrir al Tribunal Fiscal de Apelación que funciona en el territorio bonaerense. La entidad sostuvo que “la medida no sólo habrá de generar un mayor congestionamiento en los órganos judiciales frente al crecimiento de las causas que se someterán a su tratamiento, sino que vendrá a vulnerar la tutela jurisdiccional efectiva, al regir plenamente la regla del solve et repete como requisito para acceder a dicha instancia judicial”. Además, en la presentación se afirma que la elevación del monto “ha generado un tratamiento desigual para los contribuyentes en lo que respecta a la posibilidad de acceder a ese paso previo, según la mayor capacidad contributiva de los mismos”.

Represor condenado

Juan Carlos Colombo, ex gobernador de facto de Formosa entre 1976 y 1981 fue condenado a veinticinco años de prisión por el Tribunal Oral Federal de Formosa. El genocida, que estaba acusado fue encontrado culpable de los delitos de asociación ilícita, secuestros y tormentos seguido de muerte. El fiscal y las cinco querellas habían solicitado prisión perpetua en cárcel común. No obstante, Colombo, de 87 años, continuará con prisión domiciliara hasta tanto el juez de ejecución resuelva la modalidad de detención. El próximo 26 de noviembre el tribunal dará a conocer los fundamentos de la sentencia.



dju / dju
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