20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Optimizar los recursos

El Tribunal Superior de Neuquén dispuso que cualquier órgano jurisdiccional que requiera la colaboración de la policía provincial para notificar o citar a un ciudadano deberá confeccionar un oficio dirigido al Jefe de la Unidad Policial. En caso de no se cumpla con lo dispuesto, los oficios serán devueltos. TETO COMPLETO

 
Así lo hizo el TSJ neuquino tras un requerimiento efectuado por la Policía provincial, el cual explicó que “en virtud de la crisis por la que atraviesa la provincia, se ha tenido que tomar una serie de medidas tendientes a optimizar los recursos con que se cuenta”.

Según informó la Policía local, se ha convertido en una “costumbre”, convalidada por la fuerza desde hace tiempo, de que le sea requerido por parte de los organismos jurisdiccionales de todas las instancias y los Ministerios Públicos –tanto fiscal como pupilar-, de notificación y/o citación de ciudadanos.

Si bien ello no conllevaría inconvenientes, lo que sí genera cuestionamientos por parte de la fuerza de seguridad, es que se les encarga también la confección de las cédulas para dar cumplimiento a las diligencias de notificación o citación.

“Que hubo casos, en los que se ha requerido la notificación de 120 ciudadanos, en otros casos superan los 10 por diligencia, lo que provoca la afectación de efectivos policiales a dicha tarea en desmedro de la función específica de seguridad que posee la fuerza”, según describe la acordada.

Por ello, acudieron al TSJ no para evitar el trabajo que viene realizando la Policía sino para instrumentar un mecanismo que les permita seguir colaborando, pero sin que le sean asignadas tareas que son propias del organismo judicial.

“Que a esos fines cuando un organismo perteneciente al Poder Judicial (Cámaras, Juzgados –de cualquier fuero- y Ministerios Públicos Fiscales y Pupilares), necesiten diligenciar a través de la Policía Provincial una citación o notificación, deberán dirigir un oficio al jefe de la unidad que corresponda al domicilio del ciudadano que deba notificarse, y adjuntar a dicho oficio, las citaciones pertinentes, con los recaudos formales correspondientes”, dispuso en la acordada el TSJ.

Asimismo, advirtieron que “en caso de que los requerimientos de citación/notificación, no cumplan con tal recaudo, éstos serán devueltos sin diligenciar al organismo oficiante”.

Los integrantes del TSJ aclararon que “se deberá confeccionar una diligencia con copia, por cada ciudadano que deba notificarse, y que además en caso de tratarse de ciudadanos domiciliados en diferentes zonas de la ciudad, se confeccionará un oficio a cada jefe de unidad, adjuntando las diligencias que corresponden a su jurisdicción”.



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