20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El Dr. Homero Simpson

La Cámara Civil rechazó una demanda por injurias de un médico contra otro por haberlo comparado con Homero Simpson durante unas jornadas de medicina. Pero el accionante había mostrado otras fotos y para los jueces todo fue para “aportar cierta distensión en el auditorio”. Además, destacaron la divergencia entre los testimonios a la hora de evaluar cómo ocurrió el hecho. 

Los jueces Hugo Molteni, Ricardo Li Rosi y Fernando Posse Saguier, integrantes de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en autos caratulados “CPI  c/ AG s/ Daños y Perjuicios”, rechazaron la demanda por injurias que el médico actor presentó contra un colega que en un simposio médico lo comparó con Homero Simpson por lo que se sintió agraviado.

Los magistrados confirmaron la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda porque “la disparidad de testimonios” brindados por los testigos sobre el hecho no permiten “otorgar mayor credibilidad a uno sobre otro” para determinar si existió un agravio.

El hecho ocurrió en las Jornadas Nacionales de Enfermedad Cerebrovascular del 8 y 9 de agosto de 2003 cuando, denunció el actor, el último día del encuentro un colega mostró en una diapositiva una foto la foto del personaje Homero Simpson con el que lo comparó, además de efectuar otros improperios contra su persona.

Una testigo aportada por el actor refirió que la foto de Homero fue acompañada “con un cerebro chiquitito en la cabeza y que debajo de la imagen estaba el nombre del actor”. Otro testimonio refirió que el demandado denostó al actor a quien llamó “irrespetuoso” y “maleducado”

Por su parte, los testigos del demandado señalaron que la foto de Homero fue para distender el auditorio. También explicaron que el primer día de las jornadas el actor mostró una fotografía de aborígenes con una enfermedad de agrandamiento testicular, que habrían molestado al demandado, y que todo fue para distraer al auditorio.

Para los jueces, tanto el accionante como el demandado utilizaron “elementos visuales (fotos) para aportar cierta distensión en el auditorio que podría tildarse de jocosa, pero que los mismos no demuestran que hayan tenido entidad suficiente para configurar el daño alegado por el actor”.

Los camaristas afirmaron que los dichos de los testigos del demandado son “vagos, imprecisos y no logran en modo alguno indicar de manera concreta la ocurrencia del hecho”. Pero también objetaron las declaraciones a favor del actor ya que tampoco aportan “elementos de convicción que permitan verificar la existencia del hecho, sino que simplemente arriman indicios de como se habrían sucedido los acontecimientos”.

Sobre los calificativos de “irrespetuoso” y “maleducado” que declaró una testigo, los magistrados “no revisten una magnitud tal como para poder generar los daños apuntados por el actor, desde que resultan calificativos que se vincularían a un determinado comportamiento o proceder y no son aptos por sí solos para sustentar una condena como la pretendida”.

“Frente a la disparidad de testimonios, concluyo que no resulta posible otorgar mayor credibilidad a uno sobre otro, desde que ninguno logra formar convicción en el sentido pretendido”, concluyeron los jueces.

Por el hecho, el demandado recibió una sanción de amonestación de la Sociedad Neurológica Argentina. Los magistrados analizaron el acta de la sanción pero señalaron de allí no surge “concretamente la falta cometida, desde que no se consignó en ninguna el desarrollo de los hechos, así como tampoco se puntualizaron las palabras utilizadas por el accionado”.

“No escapa a mi análisis que en la actas se indicó que los dichos del demandado resultaron agraviantes para al actor, pero repito no se señaló en modo alguno el tenor de los mismos y en consecuencia no se demostró si estos resultan merecedores de una sanción como la pretendida por el actor en esta instancia judicial”, explicó el tribunal.



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