01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024
Reforma o posibilidad de restar control

Tibia respuesta de los jueces de Contencioso a la reforma de la ley 7

DiarioJudicial.com se comunicó con los 15 juzgados del fuero. El único que respondió fue Juan Cataldo, quien admitió que “hay que aliviar (el trabajo)”, pero se mostró en contra de la creación de nuevos tribunales. La comisión de Selección del Consejo de la Magistratura abrió tres concursos.

 
La reforma de la Ley 7 aprobada la semana pasada en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, otorgó al Poder Judicial capitalino nuevas atribuciones y la creación de nuevos juzgados contenciosos administrativos de primera instancia, lo que da pie a la realización de numerosos llamados a concurso para cubrir estos cargos, así como un análisis transversal de esta ampliación del fuero.

Para ello, DiarioJudicial.com intentó dialogar con los quince jueces del fuero contencioso aunque sólo consiguió respuesta del titular del juzgado contencioso Nº1 y Secretario General del Colegio de Magistrados de la Ciudad de Buenos Aires, Juan Cataldo.

Mauricio Devoto, presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad sostuvo que “la reforma es muy importante para la Justicia de la ciudad ya que en el ultimo año ha crecido mucho la carga de trabajo. Era necesario reforzar al Ministerio Público para que pueda continuar dando a los vecinos un servicio rápido y de calidad”.

En cuanto al fuero contencioso, Cataldo señaló en consonancia con Devoto, que “evidentemente hay una sobrecarga de trabajo” aunque disintió con respecto a la ampliación de los juzgados. Para el magistrado, haciendo un paralelismo con una pileta llena, la ampliación es una de las posibles soluciones, aunque no la única, pues la otra es “cerrar la canilla”.

En la ciudad hay cerca de 50 mil ejecuciones fiscales por juzgados, es decir, hay ejecuciones contra uno de cada dos contribuyentes, explica el juez. Razón por la cual “hay un alto grado de mora” lo que explica una deficiencia en el sistema recaudatorio. “En nueve años no hice un solo remate”, añade.

El presidente del Consejo también dijo que la reforma es “un constante desafío para el Poder Judicial de la ciudad”, aunque lo calificó como un “reto” pues “la aprobación de las leyes orgánicas del Poder Judicial y Ministerio Público contribuye a la autonomía de la ciudad, nos permite seguir creciendo como Justicia y avanzar hacia el traspaso de más competencias”.

Sin embargo el magistrado del fuero Contencioso explicó una situación particular pues la ampliación de dicho fuero implica que de 15 juzgados existentes se pase a 24, lo que en el fuero hace ruido teniendo en cuenta que el fuero sólo cuenta con dos cámaras. “Hay que aliviar (el trabajo), pero no soy ingenuo” pues “hay jueces que molestan”.

Aquí apuntó sobre todo a las ventajas que posee el Consejo de la Magistratura con diferencia de otros del país incluso el de la Ciudad, pues el mecanismo de designación es distinto: no interviene el Ejecutivo.

En cuanto a la cantidad de salas, por ejemplo, la Justicia Federal, sobre doce juzgados de primera instancia tiene cinco cámaras, lo que marca el desequilibrio existente en la ciudad, un reclamo que tiempo atrás también sostuvo la Asociación de Magistrados.

Y en el medio, ya comenzaron los concursos La comisión de Selección del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires abrió ya tres concursos. El 37/09, destinado a dos cargos de fiscal ante la Justicia de primera instancia en lo contencioso administrativo y tributario, y el 38/09, para el puesto de asesor tutelar también ante la justicia contencioso de primera instancia.

La inscripción para este concurso comienza el próximo 4 de diciembre y culmina el 21 del mismo mes. Aunque en el llamado se aclara que “de producirse nuevas vacantes de la misma materia y grado durante el desarrollo del concurso y hasta que se produzca la discusión del orden de mérito provisorio por el Plenario, se deberán incorporar automáticamente todos aquellos cargos que queden vacantes durante el trámite del expediente, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias”.

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dju / dju
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