La evaluación fue realizada, a pedido de la organización que agrupa a las aseguradoras, por la Sociedad de Estudios Laborales (SEL) e implico la realización de encuestas durante el 2009 a ciento veinticinco compañías consideradas como “líderes”.
En líneas generales la evaluación realizada posee altos porcentajes de satisfacción con respecto al nivel de aprobación y conformidad que recibe el sistema. En cuanto a la satisfacción que presentan los servicios de cobertura de siniestros por parte de las empresas, en una escala del 1 al 10 fue calificada promedia el 7. Con respecto a los servicios de prevención el informe consigna una mayor satisfacción en aquellas empresas que pertenecen a sectores más expuestos.
Además, los empresarios sostuvieron en la encuesta que en cuanto a la satisfacción general de con los servicios de ART, en comparación el año 2008, la satisfacción del servicio se mantuvo tal como estaba en un 80 por ciento, mientras que el 16 por ciento consideró que el servicio disminuyó. Y sólo en un 40 por ciento mejoró.
Otros de los resultados que arrojó la muestra es la percepción de la satisfacción del trabajador ministrado. En principio se expresó que el 70 % de las empresas ha tenido un trabajador accidentado. En cuanto a la satisfacción percibida, el 78% de las empresas sostiene que el trabajador se encuentra satisfecho o muy satisfecho con el servicio de la ART. Mientras que el 22% señala que se encuentra poco o nada satisfecho.
Cabe recordar que en noviembre pasado el gobierno nacional decidió aumentar los topes indemnizatorios para los accidentes laborales mediante el decreto 1694/2009. En él se modifican las prestaciones dinerarias a cargo de las Aseguradoras recibidas por los trabajadores en concepto de incapacidad laboral temporaria o permanente provisoria.
Aumento que, tal y como lo expresó en su momento la UART, significa el correlativo “aumento en el nivel de la alícuota con el que se financia el sistema”. “Durante el tiempo que transcurra hasta lograr un consenso necesario para una reforma a la ley vigente, los efectos que produce la ausencia de la misma, son contraproducentes” culminó.