20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los magistrados rechazaron la jubilación forzosa

La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional rechazó el proyecto de ley para que cesen en sus funciones los magistrados que hayan completado su tramite jubilatorio. TEXTO COMPLETO DEL PROYECTO DE LEY

 
En la primera reunión del año del Consejo Directivo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMyFJN), sus integrantes consideraron distintos proyectos legislativos y declaraciones de funcionarios de los poderes Ejecutivo y Legislativo, tras lo cual emitieron un comunicado en el que, entre otras cuestiones, rechazan el polémico proyecto de ley que establece el cese en sus funciones de todos “los magistrados y funcionarios del PODER JUDICIAL, del MINISTERIO PÚBLICO DE LA NACIÓN, de la FISCALÍA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS y del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN... que al 31 de enero de 2002 hayan obtenido el beneficio jubilatorio”.

Para la AMyFJN “se advierte que se intenta, como en los momentos de ruptura del orden constitucional, vaciar el Poder Judicial y los Ministerios Públicos de un importantísimo número de sus integrantes legítimamente designados, por medio del atajo, en esta ocasión, de un proyecto para cesar en sus funciones a quienes no las han resignado. El proyecto que se ha remitido al Parlamento con la firma del señor Presidente y del Ministro de Justicia, no pretende modificar un sistema a futuro, sino obtener vacantes por la vía de una jubilación forzosa que sortea las normas que regulan la inamovilidad en las funciones de Justicia Nacional”.

El comunicado de la entidad que reúne a jueces y funcionarios judiciales nacionales, firmado por su presidente, Juan Carlos Fernández Madrid, y su secretaria general, Lidia Soto; agrega que “una pretensión como ésa despierta la sospecha de que el poder político persigue, cuanto menos, recrear una justicia en un ámbito que resulta impropio para su funcionamiento como poder independiente que garantice a los ciudadanos la libre y eficaz protección de sus derechos”.

Respecto de los pedidos de juicio político a los miembros de la Corte Suprema, la AMyFJN destacó que “no es causal de remoción el contenido de las sentencias judiciales. Así se ha manifestado la Unión Internacional de Magistrados al afirmar que los jueces no pueden ser removidos por sus sentencias salvo que constituyan delito, todo lo que encuentra sustento en los documentos, normativas y jurisprudencia nacional e internacional sobre independencia judicial”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486