DiarioJudicial.com dialogó con tres jueces contravencionales quienes expresaron su postura al respecto, así como las debilidades y fortalezas de la normativa vigente.
Se trata de Carlos Bentolila, Gustavo Letner y Carlos Aostri, a cargo de los juzgados penal, contravencional y de faltas de la ciudad números 2, 15 y 19, quienes tuvieron varios puntos en común en cuanto a la normativa vigente.
“Hay determinados artículos que no poseen virtualidad posible para ser aplicados” sostiene Bentolila, citando como ejemplo concreto el caso de los “cuidacoches”. En el mismo sentido, Aostri sostiene que “hay que probar claramente la exigibilidad”.
A su turno, Letner explica que la actual redacción tiene “como dificultad el tema probatorio” ya que se debe “verificar que se haya o no haya exigido la retribución”, lo que es de “difícil comprobación”. Ello porque para verificar el momento de la exigencia “se necesitan testigos presenciales”.
El proyecto presentado por el Ejecutivo porteño, por ejemplo, modificaría el artículo 79 en este sentido ya que se reescribe este artículo cambiando el mote de “quien exige retribución” por “quien ofrece de manera directa o indirecta el servicio de cuidacoches, limpiavidrios u otro tipo de servicios no requeridos a conductores de cualquier tipo de automotor en la vía pública sin autorización legal” sancionándolo con mayor dureza.
Los jueces coinciden en que casi “no hay casi condenas en este tipo de contravenciones” con la ley vigente. Aunque Letner sostiene que se podría implementar un sistema de prevención ya que esta falta de prueba se debe, también, a que “la víctima generalmente no aporta testigos”.
Otro de los temas que causó revuelo en el proyecto presentado fue el de la sanción a quienes se tapen parte de su rostro en protestas sociales. “No creo que sea criminalización de la protesta”, dijo Bentolila, aunque aclaró que “habría que determinar si el hecho de tapar parte de su rostro es efectivamente para no ser identificados”.
También otro punto que se presentó como “novedoso” es la posibilidad de realizar juicios express. “Desde hace más de once años está previsto que si hay aprehensión hay juicio dentro de las 48 horas” expresó Bentolila. “La ciudad tiene una efectividad que aventaja a cualquier otra justicia” agregó Aostri.