Así lo estableció el Primer Juzgado del Trabajo de Santiago, que determinó que la compañía cometió graves infracciones al Código del Trabajo y los Tratados Internacionales suscriptos por Chile, al realizar una serie de conductas de hostigamiento en contra de la mujer.
La afectada, Nora Melo Iribarren, denunció que en la empresa sufrió “aislamiento y escupitajos”. Además, declaró: “Me trataban de perra musulmana, me decían que las mujeres islámicas éramos prostitutas y la que se juntaba conmigo era tan prostituta y perra como yo”. “Me decían que tenía una religión de terror, de rencor y esto fue constante”, agregó la empleada chilena.
La mujer añadió que, debido a esta situación, cayó en un estado de depresión, después de haber trabajado tres años sin inconvenientes en la empresa que está ubicada en el centro de Santiago y que presta servicios a la multinacional de celulares Vodafone.
"Nora Melo Iribarren se vio afectada por los insultos y discriminación ejercida en su contra, traduciéndose aquello en un padecimiento que alteró su salud psíquica y le produjo sufrimiento, aflicción e impotencia de verse expuesta a tales acciones", dice el fallo.
La resolución también recalca que "no resulta aceptable" que la mujer "haya recibido órdenes diferentes a las de sus compañeros y que hubiera sido considerada conflictiva, por el sólo hecho de profesar una religión diferente, que en nada influyó en el desempeño de sus labores durante los 3 años que ha prestado servicios, salvo con la llegada de nuevos superiores que no toleraban el credo que tenía".
Además de los cinco millones de pesos chilenos de indemnización por daño moral más reajustes, la empresa fue condenada a pagar una multa de más de 2.200.000 pesos por vulnerar el artículo 5° el Código del Trabajo.
También deberá publicar una carta de disculpas que debe ir adjuntada en la liquidación de sueldo de todos los trabajadores.