En relación con la utilidad del video, el abogado penalista Rodolfo Yanzon aseguró a DiarioJudicial.com que “el video puede ser tomado como elemento de prueba”, pero enfatizó que “la mejor prueba es la declaración de la chica” que sostuvo que no consintió la relación sexual.
Yanzón sugirió tener en cuanta a la hora del juzgamiento “la forma en que llegó a suceder lo que sucedió” porque, según dijo, “aún si le pasara a una mujer de 30 años sería difícil”.
Por su parte, el abogado penalista Carlos Wiater le dijo a este diario que “la ley no pone límite en materia probatoria y en estos tipos de delitos (“de alcoba”, especificó) el criterio es el más amplio de todos”. Wiater resaltó la importancia del video como prueba “en la medida que se pruebe que no fue adulterado”.
Wiater enfatizó que en una reforma reciente al Código Penal que introdujo una modificación al artículo 119 que estipula penas de entre 6 y 15 años de prisión “cuando (…) hubiere acceso carnal por cualquier vía”, lo que incluye el sexo oral.
El abogado penalista sostuvo que el mismo artículo del Código aumenta la pena de prisión o reclusión de 8 a 20 años “si el hecho fuere cometido por dos o más personas, o con armas”.
En tanto, Yanzón calificó de “terrible” la movilización del jueves en General Villegas mientras que Wiater dijo que era una “barbaridad”, pero decartó que pudiera afectar la decisión del juez.
El fiscal de Trenque Lauquen Fabio Arcomano pidió este viernes la detención de los tres acusados por ser coautores del delito de abuso sexual agravado en concurso con el delito de corrupción de menores y de difusión de material pornográfico.
El juez Gerardo Palacios Córdoba tiene ahora “cinco días” hábiles para resolver la situación de los imputados, que tienen entre 25 y 30 años.