El 29 de julio de 1980, Grande fue privado de su libertad durante dos semanas en “condiciones brutales” y sujeto a un prolongado procesamiento “basado en pruebas obtenidas ilegalmente”. En el caso se sostiene, por ejemplo, que la Policía incautó documentos “sin orden judicial escrita”.
Todo ello se dio en el marco de una investigación que inició la Policía Federal en relación con la Cooperativa de Crédito "Caja Murillo" –donde trabajaba Grande-, en la que suponían actividades delictivas de la gerencia.
Luego, el damnificado fue procesado por delitos de "subversión económica" entre el 29 de agosto de 1980 y el 24 de enero de 1989, momento en el que fue sobreseído definitivamente. En ese momento, la Cámara Federal declaró que “las pruebas en que se había basado el procesamiento fueron obtenidas en violación de la Constitución Nacional”.
Luego de eso, Grande comenzó una acción por daños y perjuicios contra el Estado Nacional que en primera instancia fue aceptada y se ordenaba el pago de 150 mil pesos como indemnización. No obstante, el fallo fue revocado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, e incluso los intentos de promover una revisión también fueron rechazados.
Por estos motivos se presentaron ante la CIDH en 1994, argumentando una violación al debido proceso y el derecho a obtener “una indemnización por error judicial conforme a los artículos 8 y 10 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. El caso fue admitido en 2002 por la Comisión como causa 11.498.
Tras fracasar una solución amistosa entre las partes, la Comisión decidió presentar el pasado 4 de mayo una demanda en la Corte IDH contra el Estado Argentino, aunque la noticia recién se conoció este lunes.
Desde la Comisión sostuvieron que la remisión del caso “está basada en la necesidad de obtener justicia y reparación del daño causado por las violaciones perpetradas contra Jorge Fernando Grande”. Ahora es el turno de la Corte IDH.