Según vuestra publicacion: El abogado penalista Eduardo Gerome también
disintió con Arslanian, Granillo Fernández y Damboriana y señaló que “hasta
hoy no hay ningún autor que haya sostenido ni ningún fallo que haya
volcado que es homicidio la muerte de un bebé en gestación”. El penalista
enfatizó que el disparo a Carolina se dio cuando el bebé era un feto y que
eso será así “mientras los tribunales no cambien la interpretación de lo
que es persona” Subrayó que “no hay persona desde el punto de vista del
derecho penal” pero tampoco se puede aplicar la figura del aborto y, por lo
tanto, la muerte de Isidro entraría “en un vacío legal” aunque mantuvo que
en el caso de la madre debería mantenerse la calificación de “robo
calificado” y “tentativa de homicidio calificado”. Debo acotar a estos dires
mi profundo desacuerdo, el que pasaré a fundamentar inmediatamente. Segun
nuestro Codigo Civil, en su art. nº 63, se consideran "PERSONAS POR NACER
LAS QUE NO HABIENDO NACIDO ESTAN CONCEBIDAS EN EL SENO MATERNO" y cctes.,
de lo que se desprende que la existencia de persona como tal existe desde
el momento de la concepcion, de hecho, este tema es el que trae la enorme
dicotomia a favor y en contra del aborto. Decir que no hay persona desde
el punto de vista del derecho penal es un yerro y un engaño, puesto que
del Codigo Civil, Tratados Internacionales, derecho a la vida, derechos
inherentes a los niños, etc etc, de todo este ordenamiento legal se
desprende el entendimiento para ser aplicado conjuntamente con lo dictado
por el Codigo Penal. Pues entonces, si se considera persona a todo aquel
desde su concepcion, como es que el abogado que mencionan afirme con tanta
soltura que, porque no haya un fallo sobre el homicidio de un bebe en
gestacion y a tan solo dias de su nacimiento, hay un vacio legal.... es
una aberracion legal esta afirmacion, homicidio es homicidio y punto. ¿Es
dable mencionar, a mi modo de ver, la gran insuficiencia del letrado, ya
que él considera que ese bebe era un "feto", como puede ser que sea un
feto a dias de su nacimiento???, deberá rever su consideracion sobre la
palabra feto y tambien debera releer los codigos pertinentes a los efectos
de no decir inopias por defender lo indefendible, sea porque lo cree o sea
para aparecer en algun medio, los Tribunales NO tienen porque cambiar su
concepto de "persona", ya que este está comprendido en la Ley de fondo
correspondiente, en todo caso la reforma deberia aplicarse allí, no en los
Tribunales que de esta forma se considera el concepto, ademas de ser
Universal la significacion de lo que entendemos es "la persona por nacer".
Me parece una terrible injusticia tratar a Isidro, quien nacion con vida y
lucho durante 7 dias, de feto, habria que preguntar a tan ilustre docto
cuando para él pasa del estado de feto a bebé, y si no lo sabe, pues sería
de suma importancia que comience a ilustrarse antes de pronunciarse y
quedar a los ojos de todos los que si hacemos trabajo de investigacion o
poseemos lineamientos en Criminología, como un verdadero ignorante en su
arte, es sabido que el abogado no se limita a estudiar solamente derecho,
nuestra profesion nos obliga a estudiar otras muchas y variadas,
conocimientos estos que intervendran en la toma de decisiones y
postulados. Apoyo absolutamente, como mujer, como ciudadana y como abogada
criminologa, la caratula que el Señor Juez y el Señor Fiscal han
establecido, me parece atinado el grado de seriedad, ya era hora que
nuestros Magistrados actuen de acuerdo a sus hartos conocimientos,
criterios y el buen sentido comun, defendiendo por fin a la Victima y
dando el propio castigo al victimario, este ultimo delinque conciente de
lo que esta haciendo y por su propia voluntad, mientras que la Victima
soporta el embate sin siquiera haberlo sospechado. ¿Los derechos
fundamentales de nuestra Carta Magna deberemos respetarlos porque son Ley,
pero quien viola los derechos de terceros sigue mereciendo que se le
respeten los suyos a como de lugar?