20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Los escenarios posibles tras el veto al 82% móvil

Lo votado vetado

DiarioJudicial.com consultó a camaristas y abogados especializados en el tema tras la aprobación de la ley en el Senado y la confirmación del veto. La norma aumentaba los haberes para los jubilados.

 

El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto venido en revisión que aumenta los haberes para los jubilados, al modificar la ley de Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. El Vicepresidente Julio Cobos tuvo que desempatar y su voto fue afirmativo. Pero el Ejecutivo se apresta a vetarlo. Lo anunciaron varios funcionarios pero recién se confirmaría este viernes a través del Boletín Oficial.

Los legisladores debieron pronunciarse de manera nominal por fallas en el tablero y la votación terminó empatada 35 a 35. La sanción de la norma quedó en manos del titular del Senado, Julio Cobos, quien tomó partido a favor de la medida. De esta manera se estableció el haber mínimo jubilatorio en el 82 por ciento del salario mínimo, vital y móvil.

La sesión se dio en el marco de los 400 mil juicios que hay en la actualidad en la Cámara Federal de la Seguridad Social sólo por reajustes jubilatorios. Entre 2003 y 2005 entraron 30 mil casos por año; entre 2006 y 2008, 60 mil casos por año; y en 2009 fueron ingresadas 103 mil causas.

DiarioJudicial.com consultó a expertos sobre los distintos escenarios posibles ante la aprobación o no de la ley por parte del Poder Ejecutivo. El Vicepresidente de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, Luis Herrero, opinó sobre la posible baja en la cantidad de causas: "Si se redetermina el haber inicial de todos los jubilados en base a los fallos Sánchez y Badaro, obviamente los jubilados argentinos no van a tener necesidad de pedir eso precisamente en la Justicia. O sea que bajaría la litigiosidad en forma ostensible. Porque el incumplimiento de estos 2 precedentes del Alto Tribunal genera la litigiosidad actual. Es una relación de causa a efecto".

En relación a las discutidas reformas estructurales a la Seguridad Social, Herrero manifestó: "Las leyes 24241 y 24463 fueron dos leyes que se sancionaron en épocas de la convertibilidad. No preveían la movilidad futura, no preveían la determinación del haber en base a los principios de proporcionalidad y sustitutivo (que son basamento del artículo 14 bis), entonces la legislación previsional tiene que adecuarse a estos nuevos tiempos que estamos viviendo, y por supuesto, adecuándose esta legislación a éstos precedentes de la Corte Suprema. La reforma al sistema es necesaria".

En cuanto a la polémica por el financiamiento, expresó: "No hay fondos para pagarle a los jubilados, pero sí hay fondos para destinarlos a otros objetivos ajenos a lo previsional. Lo cual implica apartarse del artículo 8º, primer párrafo, de la ley 26425 que dispone que la totalidad de los fondos del sistema previsional serán aplicados exclusivamente al pago de las prestaciones".

Por su parte, el abogado previsionalista Adrián Tróccoli (Estudio Jurídico Sobral-Tróccoli) se mostró disconforme con varios puntos de la ley: "Desde un punto de vista técnico, creo que la ley es muy mala, y que no soluciona ni la mitad de los problemas que hay por solucionar. Creo que muchos de los problemas deberían ser debatidos en Tribunales".

"Si llega a salir la ley, Anses no lo va a cumplir, porque al día de hoy ni siquiera cumple con las ejecuciones de sentencia. En nuestro fuero, todas las sentencias son meramente declarativas. No se encuentra una sola sentencia que diga un número, todas ofrecen una forma de cálculo. Pagan mucho menos, pagan lo que se les ocurre. Entonces la litigiosidad se trasladará desde una sentencia de conocimiento previo a una especie de juicio reducido, creo, en donde vamos a ir a reclamar de vuelta que cumplan con la ley", lanzó Tróccoli.

En esta línea opinó Marcelo Brasbourg, miembro de la Asociación de Abogados Previsionalistas, quien añadió: "En la teoría se supone que eliminaría toda posibilidad de reclamo, pero en la practica llevaría varios años. No hay fondos para sustentar la ley, y menos a 30 años".

La más relevante de la sesión en Senado

Los tres ejes principales tratados en las más de 10 horas de debate fueron: a) la determinación del haber mínimo de un jubilado, que deberá corresponder como mínimo al 82 por ciento del salario mínimo vital y móvil; b) la cuestión de las actualizaciones, que se relaciona con la aplicación de los casos Badaro y Sánchez; y c) la fórmula de movilidad en función de la actualización semestral.

Quien comenzó con los parlamentos fue el senador radical Alfredo Martínez, al puntualizar: "Con relación al haber mínimo garantizado, decimos que nunca deberá ser inferior al 82 por ciento del salario mínimo vital y móvil. En consecuencia, esta aplicación comenzaría a partir de enero de 2011 con un haber jubilatorio mínimo de 1504 pesos. Los artículos 5º, 6º y 7º del proyecto tienen que ver con la aplicación de los casos Badaro y Sánchez. Además, es importante lo que fija el artículo 9° cuando sostiene que la elevación del haber mínimo garantizado no otorgará derecho alguno a percibir la retroactividad que pudiera corresponder por las diferencias producidas entre el haber recalculado y el haber efectivamente percibido por el beneficiario".

El Senador Eric Calcagno y Maillman fue el encargado de expresar la voz del oficialismo y sostuvo que el proyecto impulsado por la oposición plantea "otro sistema jubilatorio", que es "contrario a todos los actores de la Seguridad Social". Y afirmó que la intencionalidad de la medida "es política". "Me parece que el artículo 5º significará abrirle la puerta a los estudios jurídicos especializados en el tema y a una industria del juicio que recalcule los salarios para la jubilación. Estos estudios están esperando la sanción de esta ley. La conjunción de los fallos mencionados favorece a los jubilados de mayores ingresos. Un señor jubilado que cobraba 4 mil pesos inició este camino y ahora cobra 33 mil pesos por mes, con un retroactivo de 2 millones de pesos. Así no hay caja que aguante. ¿Qué impuesto vamos a tener que poner para tratar de aguantar esa situación?", lanzó Calcagno.

En tanto, la cordobesa Norma Elena Morandini rememoró: "Cuando estrené mi banca de diputada, recuerdo que los miércoles me llamaba la atención por qué si se convocaba la sesión a las 2 de la tarde, se comenzaba a las 5. Alguien me dijo que había que esperar a que se fueran los jubilados porque el miércoles era el día que venía Norma Plá. Ella ahora no está. Aquel ministro ya no tiene lágrimas. Tenemos otro ministro que tiene improperios, y sí tenemos muchas Norma Plá que tienen lágrimas pero que no la tienen a Norma Plá gritando en la plaza por ellos".

Cesar Gioja, calificó el plazo de 30 días en donde se debería pagar el monto del haber mínimo establecido en el artículo 2º como "muy perentorio e incumplible". Respecto de las actualizaciones que plantean los artículos 5º, 6º y 7º, el sanjuanino advirtió que generan "una imposibilidad de cumplimiento habida cuenta que el presupuesto que tenemos vigente y el del año que viene no plantean recursos necesarios". Mas tarde, en la votación en particular, Gioja pretendería eliminar unos artículos, pero el resto del Senado le recordó a los gritos que él había votado en contra y por lo tanto no podía proponer cambios.

Un aporte que aún no había sido discutido provino de la chaqueña Elena Corregido: "Este proyecto de ley adolece de una falta grave, que es la de no contemplar la Asignación Universal por la Vejez. Me parece que no podemos hacer una modificación, si no tenemos en cuenta el principio solidario que debe tener nuestro régimen previsional para todos aquellos que han aportado, trabajado y que están fuera del sistema".

A la par, Rubén Giustiniani propuso "sacar a los jubilados de la pobreza, darles un piso de dignidad, porque una parte de sentido común de la mecánica perversa de los juicios es aplicar la escala de Badaro a las restantes jubilaciones". "Por nuestro sistema institucional, sabemos que un fallo de la Corte es definitivo. ¿Cómo sigue la película de los cuatrocientos mil juicios? Sabemos que por cada juicio que paga la ANSeS, por más que demore, le entran diez juicios más. Por eso, hay un Badaro I, un Badaro II y después habrá un Badaro III, IV, V hasta el infinito", cuestionó el senador socialista.

Gran parte del oficialismo manifestaba que es inviable el financiamiento, a lo cual Arturo Verna replicó: "El artículo 126 del Reglamento del Senado dice que todo proyecto que importe gastos incluirá en su fundamento la estimación de tales erogaciones e indicará la fuente de financiamiento. Nosotros lo estamos diciendo: la fuente de financiamiento está en el superávit de la ANSeS y está en la discusión del presupuesto del ejercicio 2011".

Cobos volvió a convertirse en protagonista como ocurrió en 2008 con la resolución 125 y su famoso voto "no positivo", decisión que le valió una ruptura irreconciliable con el kirchnerismo. "Éste es un voto por la equidad social, y la sustentabilidad la vamos a encontrar con una profunda discusión", indicó el Vicepresidente al pronunciarse a favor de la medida impulsada por el arco opositor.

En contraposición, el jefe de Gabinete Aníbal Fernández confirmó a través de la red social Twitter que no se promulgará la ley. Fustigó a la oposición al asegurar que son "los mismos que se ufanaban de haberles descontado el 13 % a los jubilados que hoy dicen defender". Y añadió: "Nuestro modelo encarna un ejercicio de responsabilidad política que bregará por soluciones concretas para los argentinos. Por esa razón, la ley de quiebra del Estado será vetada. No estamos dispuestos a permitir que el Estado y la Argentina se suiciden".

La jornada en Senado concluyó, entre varios pensamientos, con el de la catamarqueña Blanca Monllau, quien declaró: "Este folleto del Banco Creador de Dueños, dice ´Plazo fijo. No hacés nada y después tenés más plata´. Es verdaderamente lamentable esto. Nosotros hoy tenemos jubilados que hicieron mucho y no tienen nada, mientras hay unos pocos que no hacen nada y tienen mucho."

Compartir



emiliano g. arnáez

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486