20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Sigue la polémica en un tema sensible

No al aborto colectivo

La Justica rechazó un hábeas corpus colectivo que se había presentado a favor de la legalización del aborto.

 

Beatriz Renzi, titular del juzgado Correccional y de Garantías de Quinta Nominación de Salta rechazó la acción de Hábeas Corpus preventivo contra el Estado Nacional promovido por un grupo de mujeres a favor de la legalización del aborto.

En la causa, “Hábeas corpus preventivo y declaración de inconstitucionalidad de art. 85, 86 y 88 del C. P. interpuesto por la Dra. María Laura Postiglione”, el planteo fue presentado bajo la argumentación de que “son mujeres en edad reproductiva, manifestando que en caso de quedar embarazadas sin desearlo, recurrirán a la interrupción voluntaria de esos embarazos, de modo que quedarán imputadas de los delitos ut supra mencionados, a los cuales reputan de inconstitucionales”.

Solicitando que se haga lugar a la acción de hábeas corpus preventivo y se declare la inconstitucionalidad de las figuras penales aludidas. Asimismo, “se inste al Poder Legislativo Nacional a adecuar la normativa vigente con los derechos constitucionales actuales”.

Por su parte, la magistrada rechazó la presentación sobre la base de doctrina de la Corte Suprema que sostiene que “el habeas corpus debe decidirse según la situación del afectado en momentos de dictarse sentencia y que si ésta no existe o ha variado, este instituto de convertiría en una cuestión abstracta o insustancial”.

No obstante, la jueza llamó a la “reflexión” a quienes presentaron el planteo ya que existe en nuestro país el Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable (Ley Nº 25673) -que incorpora a la anterior Ligadura de Trompas y Vasectomía y la que crea el Programa Nacional de Educación Sexual Integral-. “Adherida la provincia a la ley mencionada, y si es el caso que el Estado a través de los respectivos ministerios, no llega en tiempo y forma a cada rincón donde exista una mujer con capacidad reproductiva con los métodos anticonceptivos que es de su obligación proveer, exijan que se cumplan las políticas o acciones públicas y no resulten meramente declarativas", consignó.

Y agregó; “a veces por negligencia o falta de decisión política, otras porque no llega a reglamentarse la misma, [tal y como sucede en la provincia] sin darse cuenta que no hacen más que hacer el juego –voluntariamente o involuntariamente- al comercio de la salud, a presiones confesionales o de otro tipo, cuando está en juego la vida de nuestras mujeres o niños y recién luego veamos cómo implementar la guía de aborto no punible o bien cómo se avanza en el debate del aborto y su despenalización”.

“La sanción de estas leyes, como la de educación sexual, derecho de los padres en el proceso de nacimiento de los hijos -entre otras- constituyen posibilidades ciertas de avance en los derechos de las personas a tener una vida sexual satisfactoria y segura, a gozar de una plena capacidad de reproducirse y de decidir libremente tanto el momento cuanto el intervalo de hacerlo, de tener el acceso a servicios de salud de calidad; de contribuir para que disminuya la morbimortalidad materna e infantil; de prevenir embarazos no deseados y sus consecuentes abortos inseguros”, concluyó. A fines de septiembre y en concordancia con el Día Internacional de lucha por la Despenalización del Aborto, diversas organizaciones sociales, políticas y académicas presentaron 1589 habeas corpus preventivos y colectivos para pedirle a la justicia la despenalización del aborto en tribunales federales de Capital, Buenos Aires, Tucumán, Santa Fe, Santa Cruz, Santiago del Estero, Salta, Río Negro, Neuquén, Mendoza, Chubut, Chaco, Córdoba y Formosa.

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