Según confiaron fuentes parlamentarias a Diario Judicial, la idea es la de impulsar una activa participación de la Procuración en defensa del Estado y evitar la suspensión de los juicios "a pesar de la gravísima situación" que podrían generar a las arcas del Estado la ejecución de los mismos. De acuerdo con esas fuentes "se barajan dos o tres opciones, como soluciones transitorias" para evitar caer en lo sucedido durante el gobierno de Carlos Menem, cuando en 1991 se suspendieron los juicios por decreto, lo que después fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema.
La decisión de suspender los juicios obedece a las demoras en las designaciones y la formación de un cuerpo de abogados que defienda los intereses del Estado, y las dificultades que podría acarrearle la contratación de estudios privados. A modo de ejemplo, los voceros citaron los centenares de juicios que se sustancian en Ushuaia, Río Grande y Río Gallegos, donde la defensa del Estado es asumida desde Puerto Madryn, en Chubut. Esos juicios son por mas de 3000 millones de pesos. "La idea es organizar desde el Ministerio Público un órgano extrapoder Ejecutivo", ya que la ley de ese organismo refrenda su independencia, señalaron.
En el artículo séptimo del proyecto de Ley de Emergencia Económica referido a los juicios contra el Estado Nacional se hace referencia a que los mismos se suspenderían "por el término de 180 días hábiles judiciales" en aquellas tramitaciones que "tengan por objeto principal o accesorio el cobro de sumas de dinero" contra él o contra sus entidades autárquicas "excluido el Banco de la nación Argentina y el Banco de Inversión y Comercio Exterior". "Durante dichos términos -señala la iniciativa ahora sometida a análisis- se suspende el curso de la prescripción y de la caducidad de las acciones y de las instancias".
El artículo octavo dice que "en todos los casos promovida una acción contra el Estado Nacional o sus entidades autárquicas, cualquiera sea la jurisdicción que corresponda, se remitirá por oficio a la Procuración del Tesoro de la Nación copia de la demanda, con toda prueba documental acompañada y se procederá a dar vista al fisco para que se expida acerca de la procedencia de la instancia y competencia del tribunal".
De acuerdo con las alternativas analizadas por los legisladores, se dará prioridad a cumplir con los juicios previsionales y por alimentos. En el caso de los primeros se tendrá en cuenta la edad de los jubilados y pensionados para priorizar a los mayores.
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