El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a Irlanda por haber prohibido abortar a una mujer que padecía cáncer. La damnificada pretendía realizarse el aborto bajo el temor de que el embarazo le produjese una recidiva. Ahora deberá indemnizarla con 15 mil euros.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló contra Irlanda en una causa en la que se le impidió a una mujer lituana que padecía cáncer abortar. Para el Tribunal, el país europeo no respetó la intimidad y los derechos familiares de la persona.
En la decisión, que fue por unanimidad y en carácter definitivo, los magistrados sostuvieron que “ni el proceso de consulta médica ni los recursos judiciales invocados por el Gobierno constituían procedimientos efectivos y accesibles” para permitir a la requirente “hacer establecer la existencia (...) de un derecho a abortar en Irlanda”.
“C”, como se ha denominado a la mujer, vive en Irlanda y tenía un tipo raro de cáncer al que combatía mediante quimioterapia y, al haber quedado embarazada, temía sufrir una recaída. Tal y como atestiguó en la causa, los médicos coincidían en que podría sufrir una recaída, pero ninguno estaba dispuesto a autorizar el aborto. La mujer viajó a Inglaterra para abortar. Los jueces europeos concluyeron que debió haber recibido el aborto en Irlanda por cuestión de urgencia médica.
Así, el tribunal que posee sede en Estrasburgo, consignó que Irlanda no ha explicado “por qué el derecho consagrado en la Constitución no se ha aplicado hasta la fecha". Concluyendo así que el país “no ha respetado el derecho de la tercera solicitante, ´C´, de que se respete su vida privada dado que no se ha aplicado el derecho constitucional a realizar un aborto legal en Irlanda".
Ahora la mujer deberá ser indemnizada con 15 mil euros por el daño moral que le causó la situación.
Sin embargo, el tribunal analizó otros dos casos similares, uno de una ex alcohólica con cuatro hijos entregados al cuidado ajeno que quedó embarazada, y que pidió un préstamo para sufragar los gastos del aborto en una clínica privada británica; y otro, donde la demandante no quería ser madre soltera, por lo que, ante la sospecha de un embarazo extrauterino, abortó en el Reino Unido. Rechazó ambas demandas. Estas mujeres también abortaron en Inglaterra.