04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

Descentralizan el Tribunal de Faltas en Santa Fe | Citan al jefe de la base aérea de Morón por avión descubierto con cocaína en España | Respaldo de Corcuera a la nueva ley electoral | Deberán indemnizar a un transportista porque no funcionaba el “SOS”

 

Comienza a funcionar la descentralización del Tribunal de Faltas santafecino

A partir de esta semana comenzó a funcionar de manera descentralizada y permitirá la realización de trámites online en el Tribunal de Faltas del Gobierno de la Ciudad de Santa Fe. La descentralización de funciones del organismo permitirá que todos los ciudadanos tengan mayor cercanía a la hora de realizar de sus trámites. En el nuevo edificio del Tribunal de Faltas, ubicado ahora en Salta 2948, funcionarán las áreas administrativas y dos Juzgados de Tránsito. En cada juzgado descentralizado se dispondrán los espacios físicos respetando el estilo de oficinas transparentes y el modelo de planta libre. A fin de que el ciudadano pueda completar sus trámites, cada oficina contará con una caja recaudadora y se contemplarán los lugares de espera en vista de que disponga de un lugar confortable. Paralelamente, también ahora es posible realizar trámites relativos a este organismo en www.santafeciudad.gov.ar. Se podrán liquidar las multas vía web y, en caso de corresponder, generar el libre multa tanto personal como de rodados a través de la web.

Droga en vuelos a España

Alejandro Catania, titular del juzgado en lo Penal Económico Nº 4, citó a Ricardo Palazón, jefe del Base Aérea de Morón, para que declare en carácter de testigo el próximo viernes en el marco de la investigación por el avión con más de 900 kilogramos de cocaína que fuera descubierto en España. Asimismo, este martes se realizó una inspección ocular en el aeródromo de Morón.

El camarista dijo que el próximo proceso electoral será “exitoso”

El camarista electoral Santiago Corcuera dijo que no había “dudas de que el proceso electoral se va a llevar adelante de acuerdo a las normas que hoy lo rigen”. “Evidentemente esto exige cierto nivel de readecuación, de reflexión y más compromiso”, sostuvo. Corcuera descontó que “indudablemente el proceso va a ser complejo, pero estamos convencidos de que la norma va a aplicarse y que el proceso va a terminar siendo exitoso, como lo ha sido en la Argentina en los últimos 30 años”. “Hay aspectos de reglamentación [de la ley] que querríamos tener, pero que lamentablemente al día de hoy no tenemos, y hay aspectos materiales que nos han sido provistos parcialmente, sobre los cuales pretendemos más”, añadió el magistrado y consideró que el hecho de que el ciudadano sea llamado a participar en el proceso soberano “es para nosotros saludable”. Sobre la falta de reglamentación de algunos artículos de la ley, Corcuera indicó que “necesitamos la reglamentación de la norma en un plazo lo más breve posible para poder llevar adelante el proceso y dirimir las controversias que se produzcan. En la medida en que tengamos la reglamentación de la ley tendremos menor nivel de conjeturas y de discusiones”. Corcuera reconoció que “el plazo es efectivamente breve, pero no tengo ninguna duda de que los plazos se van a cumplir, que el proceso se va a llevar adelante y que vamos a cumplir con los parámetros que prevé la norma”.

La Cámara en lo Contencioso condenó a COVICO

La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal condenó a la empresa COVICO, concesionaria de la ruta 188, en el tramo San Nicolás-Realicó, a indemnizar a un transportista a quien se le prendió fuego el acoplado de su camión y no pudo llamar a los bomberos porque no funcionaba el teléfono “SOS” para las emergencias. La concesionaria fue obligada a abonar 10.000 pesos más intereses a la propietaria del acoplado que sufrió destrucción casi total con motivo del incendio ocurrido en la madrugada del 6 de julio de 2001 en el kilómetro 333 de la ruta 188. El tribunal, con los votos de los camaristas Carlos Grecco, Jorge Argento y Sergio Fernández, dio vuelta el fallo de primera instancia. Los jueces dijeron que la “falta de funcionamiento” del poste de auxilio “le impidió al chofer del camión requerir la oportuna ayuda de los bomberos de General Villegas (localidad más cercana) debiendo trasladarse hasta dicha ciudad a fin de dar aviso, con la consiguiente demora”. “No cabe dudas, entonces, que la falta de funcionamiento del poste de SOS resulta una infracción a un deber legal, sea con fundamento en la buena fe y el débito de seguridad, como basado en el incumplimiento contractual frente al Estado Nacional”, argumentaron los magistrados.



dju

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