Un proyecto impulsa un régimen jubilatorio para escritores. De esta manera, el oficio de escribir, tendría una asignación única por trabajos y obras. Los detalles del proyecto.
Una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados plantea la creación de un régimen jubilatorio para escritores. El proyecto es impulsado por Carlos Heller (Nuevo Encuentro), y cuenta con el apoyo de, entre otros, el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel; el Director de la Biblioteca Nacional Horacio Gonzalez; los escritores Abelardo Castillo, Alicia Dujovne Ortiz, Eduardo “Tato” Pavlosky y José Pablo Feinmann.
El denominado “Régimen Nacional de Asignación Única por Trabajos y Obras en Reconocimiento a Escritores ‘Autores’” establecería una asignación para los beneficiarios, de carácter mensual, personal, intransferible y vitalicia, “equivalente a tres (3) veces el haber mínimo de las prestaciones a cargo del Régimen Previsional Público del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, instituido por la Ley 24.241”.
La misma estará bajo la órbita de la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSeS-, quien se encargará de su implementación como así también la liquidación y el pago de las asignaciones no contributivas a los beneficiarios.
Según consta en el proyecto, los beneficiarios son los escritores literarios, definidos como “toda persona que desarrolle el uso de la palabra escrita como profesión y que trabaje con ese instrumento de modo profesional y artístico, dentro de los distintos tipos de géneros reconocidos a las composiciones literarias, como ser poesía, narrativa, ensayo y dramaturgia, en sentido amplio”.
Quedando excluidos “los trabajos científicos, técnicos, jurídicos, periodísticos, médicos, académicos, y en general todos aquellos cuyo objetivo sea el conocimiento de algún campo del saber, sin el propósito predominante de la creación literaria”.
Asimismo deberán cumplir ciertos requisitos para acceder al beneficio, tales como, ser argentino o tener residencia permanente de más de 15 años, tener como mínimo 65 años de edad, y acreditar “trayectoria pública y constante en la creación literaria no inferior a veinte (20) años o haber publicado cinco (5) libros de creación propia o diez (10) incluyendo coautoría artística”. Así como también haber realizado como mínimo 15 años de aportes.
El proyecto se encuentra en las comisiones de Cultura; Previsión y Seguridad Social; Peticiones, Poderes y Reglamento; y Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados. Su impulsor, Carlos Heller, expresó la necesidad de este régimen sobre la base de que “muchos escritores llegan a la edad madura sin una cobertura que les permita mantener una vejez digna como les corresponde en su calidad de ciudadanos y ciudadanas”.