21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
No se puede rechazar un pedido de ampliación de declaración

Un imputado puede declarar cuantas veces quiera

La Cámara del Crimen declaró nulo el rechazo de un pedido de ampliación de declaración indagatoria solicitado por un imputado. Los camaristas sostuvieron que el imputado puede declarar “cuantas veces quiera”, salvo que “solo aparezca como un procedimiento dilatorio o perturbador”.

 

La sala I de la Cámara del Crimen, integrada por Jorge Luis Rimondi, Alfredo Barbarosh y Luis María Bunge Campos, declaró nulo el rechazo del pedido de ampliación de indagatoria realizado por un imputado en una causa.

Se trata de la causa “F., O. s/queja” en la que la Cámara debió decidir sobre un recurso de queja presentado por la defensa de un imputado contra el rechazo de la ampliación de su declaración indagatoria.

En aquella resolución se sostenía que el imputado “se encuentra procesado y ya tuvo la posibilidad de ejercer su descargo, considerando que puede formular por escrito sus peticiones, a fin de no dilatar el trámite de esta investigación”.

Sin embargo los camaristas sostuvieron que la resolución del juez de grado deber ser anulada puesto que “el art. 303 del C.P.P.N. establece expresamente que ‘el imputado podrá declarar cuantas veces quiera’, salvo que solo aparezca como un procedimiento dilatorio o perturbador”.

Por ello, argumentaron que nos es suficiente el rechazo del juez de grado “con el sólo fundamento de que no existe obstáculo alguno para que O. F. ejerza su derecho de defensa por escrito ante el tribunal”.

“No ha fundado debidamente las razones que lo llevaron a negar la petición formulada, en ejercicio de un derecho de raigambre constitucional, corresponde declarar la nulidad”, concluyen los jueces.

 



dju
Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
declaración indagatoria juez rechazo nulidad

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486