La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento y dejó al borde del juicio oral a una persona por “robo simple en grado de tentativa” que “de manera violenta exigió dinero para personas que se hallaban privadas de su libertad” y se llevó 10 pesos de una veterinaria. Al ser interceptado por la policía el imputado intentó escapar.
La sala VI de la Cámara del Crimen, integrada por Julio Marcelo Lucini Ricardo Matías Pinto (Mario Filozof no suscribió por estar de licencia y Alberto Seijas por hallarse abocado a las audiencias de otra sala de la Cámara), confirmó el procesamiento de una persona que se llevó diez pesos de una veterinaria, presuntamente para colaborar con “personas que se hallaban privadas de su libertad”.
Se trata de la causa “Aguilera Moreno, Cristian Andrés s/ procesamiento" iniciada luego de que en octubre de este año ingresara el imputado en la “Clínica Veterinaria Del Sur", situada en la calle Eva Perón al 2.500, de esta Capital. Oportunidad en la que, según consigna el fallo, el procesado “habría intentado apoderarse mediante intimidación de la suma de diez pesos”.
Por ello fue procesado en primera instancia y su defensa apeló la resolución argumentando que “no se verifica en el caso la violencia exigida por el tipo penal de robo” puesto que” el acusado sólo pidió una contribución, sin intimidar a nadie, tal como explicó en su indagatoria”.
Los testigos sin embargo precisaron que “de manera violenta exigió dinero para personas que se hallaban privadas de su libertad”. Actitud frente a la cual “entregó diez pesos”. Además “enfurecido” el imputado presuntamente “comenzó a ‘patotear’ al proveedor que estaba en el lugar y, simulando tener un arma de fuego, le preguntó ‘si iba a saltar si él robaba’”.
Cuando este “intentó tranquilizarlo, respondió que llamara a la policía que él los mataría” aunque finalmente, el ahora procesado, se acercó a la puerta sosteniendo que “todo había sido una broma”. Luego el imputado intentó irse ascendiendo al colectivo 132 y fue interceptado por uno de los testigos y la policía.
Para los jueces, la versión de los testigos permite “demostrar que su conducta fue objetiva y subjetivamente típica en los términos del art.164 del Código Penal, por lo cual los agravios de la defensa no logran conmover la resolución recurrida”.
Lo que se suma a lo expresado por el agente que lo aprehendió ya que “tras dar la voz de "alto", el acusado pretendió escapar, actitud que no se condice con la de quien simplemente había solicitado una contribución económica”.
Así los magistrados confirmaron el procesamiento del imputado por “robo simple en grado de tentativa” y el acusado podría pasar hasta dos años presos por el hecho.