Al respecto se dispone que sólo gocen del beneficio excarcelatorio los imputados por condenas de hasta cinco años, en lugar de seis como es en la actualidad.
Cabe señalar que el artículo 169 sostiene ese Instituto para los imputados cuyo máximo no supere los seis años de prisión o reclusión "siempre que de las circunstancias del hecho y de las características personales del procesado resultare probable que pueda aplicársele condena de ejecución condicional."
También, en el inciso 2 se establece otra posibilidad excarcelatoria para el caso de delitos cometidos en concurso real, con idéntica pena y circunstancias.
En los fundamentos de la iniciativa, Pérez -quien fue acompañado en su iniciativa por su colega de bancada Rogelio Varese- señala que "es de público conocimiento el agravamiento de los hechos policiales en nuestras ciudades con consecuencias nefastas para la población y los servidores públicos, sobre todo en personas con antecedentes, que son liberados a partir de una interpretación demasiado amplia de nuestro código de procedimiento".
"Consideramos que, sin solucionar los problemas de fondo que tiene nuestra comunidad, hay que dotar a la justicia de algunas herramientas para evitar o por lo menos prevenir estas situaciones", precisó Pérez.