20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
$40.000 por una rotura de muñeca

Pase por caja que le pagan la fractura

La Cámara Civil revocó una sentencia de grado y condenó a un supermercado a que indemnice con $40.000 a una mujer que se tropezó con cajones de frutas mientras hacía la compra y se fracturó la muñeca. El Tribunal valoró el testimonio de su marido.

La sala J de la Cámara Civil, con las firmas de Beatriz Verón y Zulema Wilde (Marta del Rosario Mattera no subscribió ya que se encontraba de licencia) condenó a un supermercado a indemnizar a una mujer que mientras compraba se tropezó con un cajón de verduras mal ubicado.

Se trata de la causa “González Natividad del Valle c/Xiulan Ye s/Daños y Perjuicios” que se inició en 2006 luego de que la mujer, al estar haciendo compras en el “Supermercado 2000” ubicado en el barrio de Parque Patricios, se tropezó con un cajón de frutas ubicado entre las góndolas y cayó al piso “pesadamente”.

Luego del hecho la mujer, de 65 años de edad, fue trasladada al hospital General de Agudos Dr. J.M. Penna donde se la atendió por un traumatismo de muñeca y se comprobó una fractura de muñeca izquierda al tiempo que, luego los peritos de la causa, también expresaron que sufría un “síndrome depresivo o reacción vivencial anormal patológica con manifestaciones fóbicas grado II”.

En primera instancia se rechazó la demanda de la mujer ya que la magistrada interviniente consideró que “la accionante no ha aportado elementos de tipo objetivo que permitan tener por acreditada la existencia del hecho dañoso invocada”.

Sin embargo, los camaristas sostuvieron que “la prueba producida resulta suficiente para tener por acreditado el evento dañoso imputable a la demandada”, ello basándose en la prueba testimonial aportada en la causa.

“Aún cuando se trate del concubino y de vecinas de la accionante, no encuentro motivo por el que deba dejar de lado las importantes declaraciones formuladas en virtud de las cuales dieron cuenta que efectivamente la Sra. Natividad González cayó entre medio de las góndolas de productos del supermercado”, explican los magistrados.

En este sentido consignan que el marido de la mujer comentó que cuando esta intentó “tomar un producto del tercer estante y que para poder alcanzar la altura dio un paso para acomodarse y tropezó con un cajón de verdura mal ubicado…, inadecuada ubicación del cajón –cabe poner de resalto– sobre la que coinciden todos los deponentes”.

Precisamente sobre este último aspecto los camaristas sostienen que permite tener certeza de lo ocurrido. “La certeza no se obtiene con una evaluación aislada de los elementos probatorios, o sea, tomados uno por uno, sino en su totalidad, ya que bien podría suceder que probanzas individualmente estudiadas fuesen débiles o imprecisas se complementaran entre sí, de tal modo que unidas llevasen al ánimo del juez la convicción de la verdad de los hechos”, consignan.

Por lo que como la mujer “ha demostrado tanto la ocurrencia como la mecánica del evento dañoso imputable a la demandada” los magistrados acogieron la demanda y ordenaron al supermercado a que indemnice con 40 mil pesos a la mujer, donde por incapacidad psicofísica se condenó indemnizar por 25 mil pesos, por daño moral 13 mil y por gastos de rehabilitación, movilidad y medicamentos 2 mil pesos.

 



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