20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Cesantía en la Policía Judicial de Córdoba

No se puede dañar así "el prestigio" del Poder Judicial

El Tribunal Superior cordobés dispuso la cesantía de un empleado de la Policía Judicial por la obstaculización del envío de un equipo técnico destinado a recoger un cadáver en la vía pública. La Corte provincial destacó que el obrar del agente "a más del desprestigio que acarrea para el Poder Judicial" implicó "una insoslayable revictimización de los deudos".

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba dispuso la cesantía de Walter Chilo, empleado de la Policía Judicial provincial y delegado gremial. El hombre fue acusado de obstaculizar el envío de un equipo técnico para retirar un cuerpo sin vida de la vía pública. La medida sancionatoria fue adoptada luego de la realización de una investigación interna.

La cesantía fue ordenada por los magistrados Aída Tarditti, María Esther Cafure de Battistelli, Mercedes Blanc de Arabel y Carlos García Allocco, mediante el Acuerdo Nº 13. No obstante, atento la condición de delegado gremial del empleado, la decisión no se hará efectiva hasta tanto quede firme, y se realice el procedimiento de exclusión de tutela sindical correspondiente.

El Máximo Tribunal afirmó que Chilo "tras recibir la comunicación telefónica" y "a sabiendas de la importancia que la misma revestía y sus implicancias, no dio aviso al encargado del Cuerpo Operativo Número Siete de pertenencia, ni al resto de sus integrantes".

A su vez, los jueces destacaron que "situaciones como la descripta, a más del desprestigio que acarrean para el Poder Judicial en su conjunto, constituyen una insoslayable revictimización de los deudos, quienes aparte del fallecimiento del ser querido, debieron soportar el dolor de ver su cuerpo tirado por horas en la vía pública, producto de la inacción judicial derivada del obrar del agente".

El hecho ocurrió en mayo de 2010 y fue cubierto por numerosos medios de prensa. Un cadáver fue hallado en la vía pública, con signos de violencia, y la Policía Judicial demoró varias horas en retirar el cuerpo. Este accionar mereció severas críticas.

Entonces, el Poder Judicial local llevó adelante una investigación sumaria interna en la que se comprobó que Walter Chilo, empleado de la Policía Judicial, recibió aviso acerca de la existencia del cuerpo y una solicitud de cooperación técnica a las 5.46 horas. Sin embargo, en virtud de la intervención de otro equipo técnico, el cadáver fue retirado recién a las 9.30 horas.

Por su parte, el empleado acusado negó haber recibido la llamada y alegó que en el horario indicado se encontraba en asamblea. Sin embargo, la investigación realizada demostró que el ocultamiento de la noticia existió y que fue intencionado.

En su resolución, el Alto Tribunal cordobés indicó que "de la prueba reseñada, se colige sin hesitación alguna que al momento de informar a la autoridad competente el hecho de muerte ocurrido en Barrio Nueva Italia con el objeto de obtener la cooperación debida, fue el agente judicial Walter Chilo quien recepcionó dicho llamado telefónico". Entre los elementos acreditantes se colectaron documentos, informes, pericias y diversos testimonios.

El agente de la Policía Judicial obró "en franco desmedro de la normativa supranacional que tutela el efectivo acceso de las víctimas a la justicia, a la cual nuestro país ha adherido", recalcó el Máximo Tribunal provincial.

Además, a esta investigación se acumuló otra causa, en la que se tuvo por acreditado que el agente Chilo, sin contar con requerimiento de autoridad competente, utilizó con fines personales los servicios de la Sección de Huellas y Rastros de la Dirección General de Policía Judicial, para la búsqueda de rastros papilares sobre una caja de seguridad que pertenecía a un amigo.

Por lo tanto, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba resolvió "dejar cesante a Walter Chilo", "sanción que no se hará efectiva hasta tanto dicho agente judicial sea despojado de la tutela sindical que lo enviste en razón de su calidad de delegado gremial". A tal fin, se ordenó a la Fiscalía de Estado que solicite dicha exclusión por la vía judicial correspondiente.



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