20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Palacio de Tribunales

La cárcel del Palacio no es un palacio

Un informe de la Procuración Penitenciaria de la Nación derivó en una acordada de la Corte Suprema que limitó las detenciones en los calabozos de la Alcaldía del Palacio de Tribunales. “Falta de mantenimiento de las instalaciones y preocupantes condiciones de higiene y seguridad” había consignado el procurador Francisco Mugnolo.

Tras un informe de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), cuyo titular es Francisco Mugnolo, la Corte Suprema de Justicia firmó una acordada mediante la cual limitó la permanencia de detenidos en los calabozos que se encuentran en la Alcaldía del Palacio de Tribunales.

Es que el informe enviado por Mugnolo sostenía que tras un relevamiento efectuado en el Centro de Detención Judicial -unidad n° 28- se produjo “la constatación de la permanencia de los detenidos por períodos mayores a 24 horas en condiciones inapropiadas y en infracción a la legislación vigente”.

Ello, producto de la “falta de mantenimiento de las instalaciones y preocupantes condiciones de higiene y seguridad” donde se enfatizó que “no posee la infraestructura acorde para el alojamiento de personas por tiempo prolongado”.

Por todo ello, los integrantes del Máximo Tribunal firmaron la acordada N° 12/2012, fechada el 3 de julio pasado, en la que decidieron “el traslado de detenidos al Centro de Detención Judicial (U. 28) deberá limitarse al máximo, sólo a aquellos casos en los cuales la presencia de los internos resulte estrictamente indispensable para la realización de las diligencias ordenadas por los tribunales a cuya disposición se encuentran”.

Asimismo, la acordada firmada por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, consigna que “los magistrados procuraran restringir -en la medida de lo posible- la aplicaci6n de las disposiciones relativas al alojamiento nocturno de internos” ello “según lo previsto en el punto 2° de la acordada 32/85 y en la acordada 57/86”.

Estas medidas ya fueron comunicadas a las autoridades del Centro de Detención Judicial y a las Cámaras Nacional de Casación Penal, a la Cámara Federal, la Cámara del Crimen y el fuero en lo Penal Económico, para que se comunique a los magistrados la acordada.

Es que, el informe de Mugnolo también sostiene que “la estancia nocturna de los internos ocurre de manera habitual y no como excepción, por falta de cupo en otros complejos o unidades penitenciarias nacionales y provinciales, retrasos en los traslados, alojamiento transitorio por razones de seguridad y demoras en las diligencias judiciales”.

Los magistrados del Alto Tribunal además dispusieron que “la Subdirección de Seguridad del Tribunal intervenga en la inspecci6n peri6dica del Centro de Detenci6n Judicial (U. 28)” y solicitaron a “la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital que informe acerca del estado actual de la ex Unidad 22 a los fines de prever la eventual ampliaci6n de la Unidad 28”.

 



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