04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Brevatas

Caso Cabezas: dos de los condenados podrían volver a prisión | El "Rubro 59" sigue prohibido | Multa de $6.000 por impedir que un menor vea a su padre  |  Elecciones en Formosa, la palabra de la Cámara Electoral | Córdoba: la Justicia inaugura un "campus virtual"

 

No les correspondía el 2 x 1
 
La Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires revocó el fallo de la Cámara de Casación bonaerense que beneficiaba a los ex policías bonaerense Sergio Camaratta y Aníbal Luna, condenados por el crimen de José Luis Cabezas,  con el cómputo del 2x1. Así podrían volver a la cárcel a cumplir el resto de la condena. Para el Máximo Tribunal provincial “no puede extenderse a los condenados a la pena de reclusión el denominado cómputo privilegiado que contemplaba para los de prisión y luego de los dos años de encierro en prisión preventiva, el artículo 7 de la mencionada ley 24.390”. “Lo resuelto en cuanto a que cada día de encierro en cautelar preventiva -sea ésta prisión o reclusión- equivale a un día de privación legal de la libertad no significa que con ser ello cierto deba aplicarse -casi como consecuencia natural- esa forma de cómputo privilegiado” explica el fallo. El periodista de la revista Noticias, José Luis Cabezas fue ejecutado de dos balazos luego de ser secuestrado en enero de 1997. Por el crimen fueron condenados, además de Camaratta y Luna,  Gregorio Ríos, Gustavo Prellezo, Horacio Braga, Sergio González, José Luis Auge, Miguel Retana y Alberto Gómez
 

Los avisos sexuales siguen prohibidos

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal determinó que la prohibición de publicar avisos sexuales en diarios era ajustada a derecho. De esta forma ratificaron el decreto presidencial 936/11 "que prohíbe los avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de Trata de Personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de las formas de discriminación de las mujeres". La causa fue iniciada por un grupo de prostitutas "en su condición de personas que ofrecen y brindan servicios sexuales de manera independiente, para su subsistencia". En este sentido, defendieron la publicidad y alegaron que "la actividad que ejercen es lícita y no constituye un mal para la sociedad".


Multa por no permitir encuentros de padre e hijo

Marcelo Molina, titular del Juzgado de Familia 5 de Rosario, multó con 6.000 pesos a una mujer que puso trabas para que su hijo de dos años viera a su padre. El magistrado afirmó que se trata de una "sanción conminatoria a la madre". Según relató a medios periodísticos el magistrado, "la medida es una más dentro de todo el expediente". Justificando su decisión, Molina consignó que la idea "es asegurar el contacto de este niño con su papá" porque "hay que preservar los derechos" del niño, dado que si bien "en algunos casos no es conveniente que (un hijo) vea al padre por algunas razones, cuando no hay justificativo la madre tiene que cumplir". "Es la realidad de hombres y mujeres que siguen peleándose entre ellos aún después de separados. Y los chicos se convierten en lo que se suele llamar botín de guerra", concluyó el juez.
 

Formosa y elecciones: aclaración de la Cámara Electoral

La Cámara Nacional Electoral recordó, mediante un comunicado publicado en el CIJ (Centro de Información Judicial) que “a principios de este año” ordenó “que se instruyeran actuaciones penales para la investigación de delitos vinculados con el voto de personas provenientes de la República de Paraguay, que no tendrían derecho a sufragar en las elecciones de la Provincia de Formosa”. Asimismo, la Cámara expresó que “en más de una sentencia la Cámara Electoral llamó la atención sobre situaciones de clientelismo, afectación del derecho al voto de los pueblos originarios y otras irregularidades en comicios de esa Provincia”. “Los hechos inicialmente mencionados se encuentran tramitando en varios expedientes penales en etapa de instrucción, delegada por el juez del distrito en la Fiscalía 1 de Formosa”, concluyeron.


Los judiciales cordobeses ahora tendrán un "campus virtual"

La Justicia de Córdoba pondrá en funcionamiento un nuevo "campus virtual", destinado a la concreción de diversas actividades formativas. En dicho entorno se dictará, entre otras capacitaciones, una Diplomatura en Ética Judicial certificada por la Universidad Nacional de Córdoba y por el Poder Judicial local, dirigida por el vocal del Tribunal Superior Armando Andruet. El proyecto fue impulsado por el Centro de Perfeccionamiento Ricardo Núñez y permitirá que las personas accedan a las ofertas de capacitación que brinda la Justicia cordobesa, no ya en forma presencial, sino a través de internet y desde cualquier punto geográfico. La Diplomatura en Ética Judicial comenzará a dictarse a partir del 4 de septiembre, y podrán participar de ella no sólo empleados de la Justicia cordobesa, sino también de la Justicia Federal de todo el país, ya que se trata de un curso a distancia. Además, a partir del 27 de agosto, también estará disponible una capacitación en “Herramientas para la Gestión y Comunicación en la Oficina Judicial”, destinada a las oficinas jurisdiccionales de las sedes de la capital y del interior de Córdoba.



dju

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