18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Brevatas

Enésima audiencia pública por el Riachuelo | Abogados en Córdoba cuestionan judicialmente el "cepo cambiario" | Excesos y maltratos llevan al divorcio

 

Convocan a audiencia pública por la causa por el saneamiento del Riachuelo

La Corte Suprema de Justicia convocó para el próximo miércoles 11 de octubre a una audiencia pública con el objeto de evaluar el grado de avance en el cumplimiento de los mandatos impuestos en la sentencia condenatoria dictada el 8 de julio de 2008, por la cual exigió el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo (fallo “Mendoza y otros”). La misma se realizará a las 10 de la mañana y expondrán la Autoridad de Cuenca (ACUMAR), el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, La Matanza, Lanús y Lomas de Zamora. También participarán de la audiencia, el Defensor del Pueblo de la Nación y el titular de la Auditoría General de la Nación, quienes deberán informar sobre las dificultades que pudieran haber existido a la hora de realizar los controles encomendados en la sentencia y sus observaciones.

Amparo del titular del Colegio de Abogados cordobés contra el "cepo cambiario"

El titular del Colegio de Abogados de la provincia de Córdoba, Alejandro Tejerina, interpuso una acción de amparo y una petición cautelar, contra el Estado Nacional-Ministerio de Economía-AFIP, para solicitar una autorización para realizar la compra de reales, a fin de realizar un viaje a Brasil, donde fue invitado a participar de una reunión para la creación de un Centro Iberoamericano de Arbitraje. La presentación fue radicada ante la Justicia Federal y cuestiona las medidas restrictivas impuestas por la Nación en materia de compra de moneda extranjera, conocidas popularmente como "cepo cambiario". Tejerina requirió en carácter de cautelar que se le autorice a la compra de reales, pues, si bien la AFIP le permitió realizar dicha adquisición, el monto avalado (609,83 reales) resulta insuficiente, según el amparista, para solventar los gastos que demandará su estadía en el vecino país. El titular del Colegio de Abogados provincial aseguró, además, que cuenta con un patrimonio declarado que permitiría la adquisición de una suma bastante superior a la que la AFIP autorizó. En el amparo, el actor planteó, que las medidas existentes en materia de compra de moneda extranjera resultan violatorias de los derechos de propiedad y libertad, y que no son razonables.

Divorcio por toda clase de excesos

La Cámara Civil decretó el divorcio de un matrimonio por culpa exclusiva del marido, porque la mujer denunció que consumía drogas, tenía una amante, le pegaba y abandonó el hogar por su propia voluntad admitiendo que la convivencia se había tornado imposible. "Las pruebas producidas y valoradas en su conjunto, conforme a las reglas de la sana crítica, han demostrado que el demandado agredió de palabra y por vías de hecho a la actora en reiteradas oportunidades, al menos, en los últimos tiempos de su convivencia", resumió el fallo, que atribuyó al hombre la culpa exclusiva de la ruptura. La Sala G de la Cámara, con las firmas de los jueces Beatriz Areán, Carlos Carranza Casares y Carlos Belluci, tomó en cuenta que en torno al matrimonio existía una causa por violencia familiar iniciada en noviembre de 2007 y que el marido "se ha retirado del hogar conyugal, luego de reincidir en el consumo de drogas", pese a que "los informes de estudio rinoscópico y toxicológico del Cuerpo Médico Forense arrojaron resultado negativo". En diciembre de 2008 los cónyuges, ya separados, "arribaron a un acuerdo sobre alimentos" y un "amplio régimen de visitas", que nunca terminó de cumplirse. El fallo indica que "ante la reiteración de episodios de violencia, en abril de 2009 se decretó la prohibición de acercamiento entre los esposos como medida cautelar", y se ordenó al marido un tratamiento para aplacar sus ataques de ira.



dju

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