La Cámara del Trabajo, integrada por los magistrados Héctor Guisado y Silvia Pinto Varela, confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la acción por daños de un ex trabajador de Tiro Federal Argentino. El hombre había reclamado un resarcimiento alegando que padecía de una hipoacusia grave, derivada de las condiciones laborales en las que había prestado servicios.
De modo puntual, el Tribunal de Apelaciones indicó que “no sólo el actor no hizo referencia alguna en su escrito de demanda acerca de la limitación auditiva que padecía en forma previa al inicio de la relación con su contraria, y maliciosamente desconoció el instrumento mencionado a través del cual le había sido notificada tal circunstancia, sino que en esta etapa incurre nuevamente en una actitud omisiva, al ni siquiera intentar rebatir las conclusiones del juez a quo”.
En el caso, un ex trabajador de Tiro Federal Argentino Asociación Civil interpuso una acción judicial para reclamar una indemnización por hipoacusia. El hombre sostuvo que sus problemas auditivos fueron ocasionados por las condiciones del ámbito laboral en el que había prestado servicios.
El juez de primera instancia rechazó la acción por daños y perjuicios del trabajador, pues consideró que el demandante ingresó a prestar servicios con un padecimiento auditivo preexistente y que sus reacciones al ser examinado no fueron confiables. Esta sentencia fue apelada por ambas partes. En particular, el actor se agravió por el rechazo de su pretensión indemnizatoria.
Primero, la Cámara del Trabajo destacó que de “la ficha médica y audiometría correspondientes a los exámenes preocupacionales a los que fue sometido el actor, con anterioridad al inicio del vínculo” demostraban “claramente” que “éste padecía ya en esa época un cuadro de leve hipoacusia”.
Entonces, “queda descartado que la afección objeto del resarcimiento que se persigue en estos obrados se hubiera originado en las condiciones laborales en las que se desempeñó el trabajador durante el transcurso del vínculo con Tiro Federal Argentino”, puntualizaron los magistrados nacionales.
Dicho eso, el Tribunal de Apelaciones también remarcó que “carece de seriedad que el propio actor, con el fin de acreditar sus extremos, traiga a la causa un examen en el cual la profesional en medicina indique que los valores obtenidos no son confiables”, conclusión a la que también arribó el perito de la causa.
Ambos profesionales “coincidieron en el sentido de la evidente pretensión del actor de aparentar una dolencia en forma exagerada, por sobre la base de los resultados arrojados por los exámenes a los que fue sometido”, puntualizaron los jueces.
Por lo tanto, la Cámara del Trabajo decidió confirmar integralmente la sentencia de primera instancia, en cuanto había rechazado la acción por daños del trabajador de Tiro Federal que denunció tener graves padecimientos auditivos.
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dju
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