21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Deficiencias en el patrimonio del Poder Judicial

El plan de evacuación se hizo humo

El incendio en un contenedor de la zona de Retiro que generó una nube tóxica culminó en la evacuación de varios edificios públicos, entre ellos, los pertenecientes al Poder Judicial. Una nube dejó ver como los planes de evacuación en el edificio ubicado en la Av. De los Inmigrantes parecieran no existir. Los detalles del caso.

El pasado jueves un incendio iniciado en un contenedor en la zona Retiro provocó una nube tóxica que complicó el transporte, causó alarma en algunas personas y la evacuación de varios edificios. Entre ellos se encontraban edificios pertenecientes al Poder Judicial, entre ellos, Comodoro Py y el de Inmigrantes.

En este último hubo situaciones que podrían ser considerada de “preocupación” ante una situación excepcional como la que se dio el pasado 6 de diciembre y que da cuenta de cual es la preparación y controles realmente existentes ante casos de evacuación por urgencias.

Tiempo atrás este medio dio cuenta de algunas de las falencias con las que puede encontrarse uno cuando intenta movilizarse en la maraña de escaleras que significa el edificio del Palacio de Tribunales, y lo poco que ayudan los planos de “des-orientación” para ello.

En este contexto fuentes del edificio ubicado sobre la Av. De los Inmigrantes donde funcionan juzgados de diversos fueros contaron a este diario que la humareda desplegada en la zona, a sólo unos 500 metros de distancia, causó “gran preocupación”.

“Cuando la situación se tornó insostenible pues ya no se podía respirar en todo el edificio y había gente descompuesta y con náuseas”, resaltó con preocupación esta fuente, “no se puso en marcha ningún plan de evacuación oficial y ordenado de la gente”.

Al edificio ubicado sobre la Av. De los Inmigrantes asisten unas 4.500 personas por día y además posee un jardín de infantes en uno de los laterales. “Fue vergonzoso ver como reinaba el caos, el desorden y la desinformación”, concluyó otra fuente consultada.

Según pudo saber DiarioJudicial.com hubo jueces que ante la situación decidieron auto evacuarse y evacuar a los empleados de sus juzgados. “Cuando todo era ya casi insostenible y nadie se hacía cargo de evacuar ordenada y oficialmente el edificio conforme pautas básicas de la superintendencia federal de bombreros y Defensa Civil, dispuse bajo mi entera responsabilidad que todo el personal se retirara del lugar de trabajo”, dijo a este medio un juez que posee su despacho en el edificio.

Incluso comentó que “en el ínterin pude observar por la ventana de mi despacho como el personal civil y militar del edificio lindero (el Cóndor de la Fuerza Aérea) salía por tandas de manera rápida y ordenada”, dijo el mismo juez que concluyó “Parece mentira lo que ocurrió. No escarmentamos ni aprendemos ni siquiera habiendo tenido un Cromañon”.

Una consultora de higiene y seguridad de la Capital precisó a DiarioJudicial.com que los planes de evacuación en las dependencias judiciales "son casi obsoletos" o directamente "no existen".

La fuente del sector apuntó que, en general, los edificios públicos tienen "planes de evacuación mínimos para cumplir con los requisitos de la ley" y que llegado el caso de una emergencia, "no los pueden llevar a cabo por falta de personal idóneo o porque nadie sabe dónde están colgados los explicativos de cómo salir del edificio ante un incendio o una fuga de gas".

La Ley 1346 de la Ciudad de Buenos Aires crea un Plan de Evacuación para edificios tanto públicos como privados en el ámbito de la ciudad que posee un detalle acerca de las evacuaciones y ordena la participación de un Grupo Director conformado por un director de evacuación, un jefe técnico, y un jefe de seguridad. Además se estipula planos de evacuación ordenada de las personas que se encuentren en los lugares.

Asimismo establece algunas condiciones generales, tales como, que “los planos de evacuación deberán encontrarse en lugar visible, al igual que la ubicación de los puntos de reunión”; “se deberá capacitar al personal en lo referente al plan de evacuación como así también al uso de matafuegos y sistemas de alarma” y la verificación de los extintores e hidrantes.

La competencia de esto se encuentra bajo la Dirección General de Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Urbana de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana de la Ciudad. “Más allá de todas las leyes y normativas vigentes, las autoridades de un edificio deberán adoptar todas las medidas necesarias en materia de lucha contra incendios y evacuación de las personas”, consigna en su página la dirección.

El Plan de Evacuación debe ser aprobado por la Dirección General de Defena Civil y debe presentarse un plano del edificio donde se “observen los medios de salida y la trayectoria de los mismos” y “deberán indicarse los elementos de extinción y el punto de reunión en vía pública”.

Y para el caso de los “establecimientos que tengan como población eventualmente afectada a menores lactantes o deambuladores o a gerentes”, como es el caso del edificio de Av. De los Inmigrantes, “deberán puntualizar en forma clara y precisa los “modos de evacuación”. Una nube, un incendio, un amenaza de explosión, deben estar en las previsiones, ¿o no?

 



dju
Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
inmigrantes nube toxica plan de evacuación

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486