21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Trata de personas y prostitución de menores

Que lo traten en la Justicia Federal

La Procuración General de la Nación dictaminó que una causa en la que se investiga el delito de trata y prostitución de menores debe seguir en el fuero Federal. La jueza interviniente había declinado su competencia en base a lo dicho por un policía que actuó como encubierto tras la denuncia realizada al 911.

El Procurador Fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal, dictaminó en una causa en la que reinvestiga la posible comisión del delito de trata de personas y prostitución de menores a la veda de una ruta en la zona de Florencio Varela, en la provincia de Buenos Aires.

La causa se inició tras una denuncia anónima realizada a través del 911 en la que una persona manifestó que a la vera de la ruta nacional N° 2, a altura de Florencio Varela, funcionaría un prostíbulo en el que habría menores de edad.

Luego de realizadas las tareas de inteligencia, consigna el expediente, surge que “el lugar denunciado funciona desde hace muchos años como un prostíbulo nocturno”, pero sin perjuicio de ello el sargento que llevó adelante la inteligencia manifestó que allí "no habría menores de edad en situación de explotación y/o cualquier otra maniobra en infracción a la ley 26.364 [Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas]".

En base a ello, la titular del Juzgado Federal de Quilmes “descartó” la existencia de los delitos denunciados, y declinó su competencia en favor de la justicia provincial ya que en base a estas investigaciones “las mujeres estarían ejerciendo la prostitución por decisión propia".

Por su parte, el Juzgado de Garantías N° 4 de Berazategui sostuvo que la investigación no se encuentra agotada y que se habría ceñido a las "aisladas manifestaciones del funcionario policial, quien no acreditó fehacientemente que no hubiera menores de edad en el prostíbulo". Con ello, devolvió el expediente al tribunal de origen, originándose un conflicto negativo de competencia.

Ante el conflicto suscitado el Procurador Fiscal consideró que, ante “las escasas constancias incorporadas en el legajo y la gravedad del delito denunciado”, la justicia federal debe “continuar con el conocimiento del expediente.

Y, por lo tanto, “realizar las diligencias necesarias destinadas a individualizar a las personas que prestan servicios sexuales en el local, establecer su edad, lugar de origen y las circunstancias en las que ejercen la prostitución, todos ellos "elementos mínimos indispensables para poder afirmar o descartar el delito de trata de personas", consigna el dictamen.

Por todo ello es el juzgado Federal de Quilmes el que debe seguir a cargo de la causa y no el Juzgado de Garantías N° 4 de Berazategui.

 



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