20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La Corte siguió un dictamen de la Procuradora

La violencia familiar a la Justicia Nacional

La Corte Suprema de Justicia de la Nación sentenció que debe ser la Justicia Correccional, y no la Contravencional y de Faltas porteña, la que continúe con el trámite de una causa por violencia familiar. Se trata de una causa donde una abuela denunció a su hija porque amenazó con matar a su nieto. El máximo tribunal fundó su decisión en base al dictamen de la Procuradora de la Nación, Alejandra Gils Carbó.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, sentenció que una causa por violencia familiar debe seguir en la Justicia Nacional y no en la no la Contravencional y de Faltas porteña.

El expediente llegó al Máximo Tribunal tras suscitarse un conflicto de competencias entre el juzgado en lo Correccional N°14 de Capital y el juzgado en lo Contravencional y de Faltas N° 1 de la Ciudad.

El mismo se originó en una causa que se inició luego de la denuncia de una abuela contra su hija ya que esta había amenazado con matar a la nieta de la mujer, de 4 años de edad, a la que habría agredido físicamente, al igual que a otro nieto de la mujer.

Los ministros de la Corte se remitieron al dictamen realizado por la Procuradora de la Nación, Alejandra Gils Carbó, para sentenciar que corresponde al juzgado en lo correccional a cargo del magistrado Fernando Pigni llevar adelante el expediente.

A fines de noviembre pasado, este medio había dado a conocer el dictamen de la procuradora que entre sus fundamentos sostuvo que “se trata, en efecto, de un único y mismo conjunto de hechos de violencia familiar, sucedidos contra varios menores en el mismo contexto físico y temporal”.

“El mero hecho de que haya habido algunos días de diferencia entre dos de los sucesos que configurarían el delito de lesiones no justifica la separación de los casos judiciales, los que a pesar de ello… parecen ser partes inescindiblemente constitutivas de un mismo conflicto familiar”, explicó el dictamen al que ahora se remitieron los ministros de la Corte para sentenciar.

Por todo ello, la causa “C. A. C. s/ Art. 149 bis”, y tal y como lo sostuvo la procuradora “a fin de ofrecer un mejor servicio de administración de justicia y favorecer la eficacia de la investigación, corresponde que ésta quede a cargo de un único tribunal”, esto es, el Juzgado Nacional en lo Correccional N° 14.

 



dju
Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486