El órgano de la Ciudad amplió las competencias en las que debe actuar, sobre todo , en lo relacionado con protección medioambiental. Esto significará un aumento de casos que deberá tratar el organismo y además se prevé que las penas de faltas sean más altas que las de las contravenciones. Los detalles.
El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires amplió las competencias en las que debe actuar en materia de faltas. La ampliación realizada mediante la resolución 31/2013, del 25 de enero pasado, está relacionada sobre todo en las competencias del organismo que tienen que ver con protección medioambiental.
Según informaron desde el organismo, se representará un aumento de casi el 68,6 por ciento más que en 2012 en los casos a tratar, lo que equivale a 2742 casos anuales. Con esta perspectiva, la Fiscalía de la Ciudad tomo medidas como la creación y puesta en funcionamiento, desde octubre del año pasado, de una Unidad Fiscal con Competencia Especial Única, integrada por cuatro fiscales.
La resolución elaborada, firmada por el Fiscal General porteño Germán Garavano, establece un nuevo criterio general de actuación en casos de faltas, tal y como explicaron desde el organismo: “por medio del cual busca ampliar el índice que ingresa al Organismo y así aportar a una reducción eficaz de conflictos en la Ciudad”.
Entre las faltas especiales agregadas se encuentran las faltas bromatológicas, higiene y sanidad, ambiente, residuos patogénicos, de las sustancias PCB´S, seguridad y prevención de siniestros, actividades constructivas, publicidad prohibida y protección de niños.
También los fiscales deberán actuar sobre las faltas con respecto a actividades lucrativas no permitidas, derechos del consumidor, pesas y medidas, administración y servicios públicos, evaluación del impacto ambiental y servicios de vigilancia, custodia y seguridad.
Otro punto que se muestra novedoso es con respecto a las penas de faltas ya que en esta ampliación, según informaron desde el ministerio público, las penas pueden alcanzar las 500.000 unidades que equivalen a $2 cada una, “son penas económicas mucho más altas que las contravenciones”.
Así, cuando los fiscales deban ejercer la acción en la etapa judicial del proceso de faltas por existir algún hecho que encuadre en estas figuras ampliadas “su participación será inescindible, comprendiendo así todas las infracciones adicionales que sean objeto de juzgamiento en el mismo legajo; cualquiera que fuere la calificación legal de las mismas”, detalla la resolución.
Con todo ello, sostienen desde el organismo porteño, “el Ministerio Público Fiscal ha priorizado el ejercicio obligatorio de la acción frente a infracciones que generen cierto riesgo para la vida, integridad física, salud, seguridad, y otros derechos individuales, además de los que protegen o resultan complementarios de contravenciones y delitos de competencia local”.
Esta resolución fue firmada y dada a conocer en enero, una fuente judicial aclaró a este medio que la fiscalía porteña “no se toma feria judicial”, por ello el motivo de la elaboración de la resolución.