24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Megaproblemas con el Megacanje

El juez federal Jorge Ballestero remitió a la Cámara Federal la causa por el Megacanje, donde prestó declaración indagatoria Domingo Cavallo, ante la recusación planteada por los diputados del ARI Elisa Carrió y Mario Cafiero. Un informe de la Auditoría General de la Nación complica la situación del ex ministro. TEXTO COMPLETO DEL INFORME DE LA AUDITORIA GENERAL

 

El juez federal Jorge Ballestero remitió a la Cámara Federal la causa en la que se investigan presuntas irregularidades cometidas en la operación de Megacanje de la deuda externa ante la recusación planteada contra el magistrado por los diputados del ARI Elisa Carrió y Mario Cafiero.

Ballestero rechazó el pasado 24 de abril ese planteo, en el cual se invocaba la participación del juez en una reunión de magistrados del fuero federal con integrantes de la Corte Suprema de Justicia y el titular de la SIDE, Carlos Soria, "a los efectos de poner en prisión al acusado (Domingo Cavallo)".

La situación de Cavallo se encuentra pendiente de resolución desde su indagatoria hace dos semanas en la que defendió la operatoria del Megacanje de la deuda como un instrumento tendiente a evitar la interrupción del pago de la deuda y como beneficiosa para el país, cuando él era titular del ministerio de Economía.

Durante la indagatoria Cavallo debió responder, entre otros planteos, a un informe de la Auditoría General de la Nación que se encuentra incorporado al expediente.

En dicho informe se precisa que a consecuencia de esa operatoria de canje se produjo un aumento de stock de la deuda pública de U$S 2209,7 millones en valor nominal y de U$S 55.281.01 millones en valor corriente.

En las conclusiones de los Auditores Generales César Arias y Javier Fernández -los votos más duros del informe-, éstos manifestaron que "teniendo en consideración el conjunto de observaciones formulado corresponde concluir, a más de lo dicho desde el punto de vista contable, que el cambio de títulos de la deuda pública nacional del 19.06-01 se llevó a cabo fuera del marco normativo propio de nuestro orden jurídico y que fue lesivo para los intereses del Estado Argentino"

En el capitulo referido a las comisiones abonadas por el Megacanje, los auditores destacan que del informe no surgiría que las comisiones pagadas por nuestro país sean superiores a las que abonaron otras naciones deudoras en operaciones similares. Sin embargo, agregan, "cabe observar que los importes involucrados en estas operaciones corresponden a importes mucho menores que en el megacanje argentino. Además, en nuestro caso, que se trato de aproximadamente 30.000 millones de dólares y la operación habría sido altamente concentrada en materia de tenedores, debiera suponerse que los gastos administrativos que inciden dentro de tales comisiones tendrían que haber sido mas reducidos, por razones de economía de escala. Si hubo mayor concentración de tenedores y menor complejidad administrativa, no se justificaría el citado nivel de comisiones".

Por su parte, el Auditor General Gerardo Palacios prefirió no emitir una opinión valorativa sobre las estimaciones numéricas que expuso en su voto -pero haciendo gala de sutil ironía-, precisó en sus conclusiones que:
"Del canje del 19.06.01 el Estado Argentino "logró" (sic):

Plazo
a- Un incremento - en este caso mejoramiento- en la vida media atribuible al canje de 3 años (Respecto de la cartera canjeada).
Sobre el Total de la Deuda la mejora resulta de 8,4 meses.

Interés
b- Un incremento en 1,085% de la tasa media de interés del stock de títulos públicos y,

Monto
c- Un incremento de deuda pública atribuible al canje de u$s 2.209 millones en valor nominal, que expresado en variación de los flujos de fondos es de u$s 55.281 millones, en valor corriente (sin descontar)
La Variación de las proyecciones de la deuda en Títulos Públicos pre-canje: U$s 158.943,67 millones; post-canje: u$s 214.253,57 millones
Para el conjunto de la Deuda Pública, las proyecciones de la Deuda Pública pre-canje resultaban u$s 202.850,45 millones y post-canje resultan 255.021,20 millones".




dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486