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Las consecuencias de la aplicación de la 26764 son jurídicas. Los Dres. Guillermo J. Fanego y Jorge Rizzo deberían contratar asistencia letrada. Las advertencias al Gobierno y las quejas del tono como la presentada ante el Alto Tribunal de la República resultan estériles. Los nombrados debieron procurar la declaración de invalidez de la ley del epígrafe. Existe un valioso precedente. Se trata de la ley 24675 Auxiliares de la Justicia que impulsó la apertura de un registro de auxiliares de la justicia en el ámbito del Ministerio de Justicia. En este orden de ideas el Máximo Tribunal, mediante Acordada Nº 60 del 15/10/1996 se expidió, en el sentido de declarar la invalidez de dicha ley (Ciampagna, Rodolfo N. C/ Administración Nacional de la Seguridad Social C. Fed. Seguridad Social, Sala II 11/04/1997)