04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

´Bicichorros´ en la mira

La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de una persona por robar una bicicleta en la vía pública, delito que contempla penas de uno a seis años de prisión. 

La sala IV de la Cámara del Crimen, con las firmas de Carlos González, Mariano González Palazzo y Alberto Seijas, confirmó el procesamiento de una persona por el hurto de una bicicleta que se encontraba sin cadena en la vía pública.

Se trata de la causa “C., D. s/procesamiento” donde se imputó a una persona que intentó llevarse una bicicleta que había sido dejada en la puerta de un local comercial “sin ningún resguardo de seguridad”.

El defensor del imputado sostuvo sus argumentaciones y agravios “exclusivamente a la significación jurídica asignada al caso” argumentando que “una bicicleta no puede ser considerada “vehículo” en los términos de la agravante contemplada en el art. 163, inc. 6°, del C.P.N”.

No obstante los camaristas confirmaron los decidido en primera instancia ya que “la sustracción de una bicicleta que fuera dejada en la vía pública o en lugares de acceso público encuadra en las previsiones del art. 163, inc. 6°”.

“La bicicleta constituye un medio de transporte para su usuario y la doctrina se ha ocupado ya de este tema al considerar que “la protección legal se extendía a todo vehículo, aunque no sea motorizado”, explican los jueces en el fallo.

Y concluyen, citando doctrina, “la agravante comprende a todos los vehículos que imponen la necesidad de ser dejados en ciertos lugares, entre ellos la bicicleta, porque si bien es cierto que por su tamaño parece guardable en ciertas ocasiones, no lo es en todos los casos en que el propietario la deja en la vereda para cumplir una diligencia y queda en situación de desamparo”.

Los jueces argumentaron que la figura “no exige una ausencia absoluta de vigilancia, sino que se satisface cuando las circunstancias conllevan para el propietario un menor grado de custodia, tal como sucedió en el caso que tratan en donde el propietario dejó la bicicleta ubicada en la vereda sin elemento de seguridad alguno, mientras ingresaba momentáneamente a un local comercial, del cual salió inmediatamente al observar que el imputado se alejaba con ella”.

 



dju
Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
argumentacion bicicleta robada

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486