Cabe destacar que el tema había sido debatido ampliamente en el fuero y desde febrero algunos jueces de primera instancia, como el caso del Dr. Julio Armando Grisolia, titular del juzgado nº 66, dictaron sentencias dejando de lado la tasa de interés del 12% anual y aplicando, a partir del 1/1/2002, la tasa activa.
La resolución de la Cámara, si bien no tiene efectos vinculantes, exterioriza su criterio en la materia. En un comunicado de la Sociedad Argentina de Derecho Laboral, esa entidad expresó que “seguir aplicando una tasa de interés anual del 12% (1% mensual) hubiese producido un grave e irreparable daño a los derechos de los trabajadores que verían notoriamente reducidos sus créditos, y además sirve de guía, ya que distintos jueces venían aplicando a partir del 1/1/02 diferentes tasas de interés, mientras que otros, a pesar de la suspensión de la convertibilidad y de la evolución de los precios internos, habían mantenido la tasa fija del 1% mensual, lo que a todas luces producía un serio desfasaje y no mantenía incólumne el contenido patrimonial del pronunciamiento judicial: solo cabe recordar que en el período enero/abril la inflación llegó al 20% y la tasa de interés aplicada era de solo el 4%.”