La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento por lesiones leves de un hombre que le pegó a su mujer. El acusado le reclamaba que le devolviera su teléfono celular.
La sala VI de la Cámara del Crimen, con las firmas de Mario Filozof, Julio Marcelo Lucini y Ricardo Matías Pinto, confirmó el procesamiento por violencia doméstica que dictó un juez de primera instancia contra un hombre que golpeó a su mujer.
Se trata de la causa “R., C. J. s/procesamiento” que se inició luego de que en agosto del año pasado mientras se encontraban en su domicilio una mujer le reclamaba su celular a la pareja. Tras lo que “se inició un forcejeo en el que el imputado la golpeó en su nariz y pateó su muslo derecho y cuando aquélla intentó retirarse del lugar la empujó contra el portón de entrada, lesionando su hombro derecho”, explica el fallo.
Resultado de las agresiones, según se verifica en los informes de los peritos, la mujer mostró “contusiones en la cara lateral derecha del tercio superior de la pirámide nasal, en la cara posterior del tercio medio del brazo derecho y en la cara interna del tercio inferior del muslo derecho”.
A lo que se suma el análisis del caso realizado por la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte que calificó los hechos como una situación como de “riesgo medio” para la denunciante, destacando que demuestra en su discurso el “clásico ciclo de violencia doméstica”.
Con ello los camaristas explicaron que la ley de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” establece que “la prueba más trascendental es lo dicho por la víctima, y la ausencia de testigos no descarta la existencia del evento”.
“El marco normativo tiene por finalidad otorgar mayor protección a los casos comúnmente conocidos como de “violencia de género”, en los que por el vínculo de confianza existente entre el autor y la víctima, ésta se encuentra en una situación de exposición mayor”, explican los magistrados en el fallo. Por ello confirman el procesamiento del hombre por lesiones leves.