20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El juicio por jurados cruza la Avenida General Paz

Un legislador porteño presentó un proyecto con el objetivo de reglamentar el juicio por jurados en la Ciudad de Buenos Aires luego que ya lo aprobará por ley la Provincia. Los detalles de la iniciativa.

Se presentó en la Legislatura de la Ciudad un proyecto en miras a establecer y reglamentar el juicio por jurados en el Poder Judicial porteño. La iniciativa fue presentada por el legislador Aníbal Ibarra.

El proyecto de ley presentado establece como puntos salientes que “el imputado puede, dentro de los diez días posteriores a la notificación de la elevación de la causa a juicio, requerir ser juzgado por un jurado”.

Al tiempo que especifica que la integración del jurado “será de 12 miembros titulares y seis miembros suplentes” y “cuando los delitos imputados no superen la pena máxima de 3 años, el jurado se integrará con seis miembros titulares y 3 suplentes”.

Asimismo, “los jurados se integrarán con ciudadanos que no posean formación específica en materia legal. No podrán ser miembros de un jurado los jueces, abogados, ni los procuradores matriculados. Tampoco, los funcionarios o mandatarios públicos”, consigna.

En tanto que se designa al Consejo de la Magistratura de la Ciudad como encargado de llevar a cabo “la confección del padrón de ciudadanos en condiciones de desempeñarse como miembros de un jurado”.

Mientras que los requisitos para poder se jurado que plantea el proyecto son: tener entre 21 y 75 años de edad, haber completado la educación básica obligatoria y tener domicilio conocido y profesión, oficio, industria, empleo u ocupación habitual, aunque transitoriamente estén desocupados. Así como tener “residencia permanente no inferior a dos años en la Ciudad de Buenos Aires”.

“La aplicación del Juicio por Jurado tendría lugar en el ámbito del fuero penal y alcanzaría a los delitos contemplados tanto en los convenios firmados entre el gobierno nacional y el porteño en los años 2000 y 2004; como a los que marca la Ley de traspaso sancionada por el Congreso Nacional en el año 2011”, explicó el actual legislador porteño y ex jefe de gobierno.

El proyecto “responde a la necesidad de adecuar el sistema legislativo local a lo establecido expresamente en la Constitución porteña, que en su artículo 81 marca que la Legislatura sancionará las leyes ‘que requiere el establecimiento del juicio por jurados’”, concluyó Ibarra.

 



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