20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Tudo bom, tudo legal

Un juez de Brasilia decidió absolver a un hombre que había confesado ser traficante de marihuana al considerar que la droga era una sustancia “recreativa”. También alegó que su prohibición “restringe derechos”.

Desde el proceso iniciado a Andrés Calamaro por hacer alusión a fumar “un porrito” (que terminó en un resultado adverso para el cantante) hasta la legalización de la marihuana en Uruguay han pasado muchos años y la concepción sobre el consumo de esta droga ha cambiado en la región.
 
Esta nueva percepción de la sustancia llevó a que un juez de Brasilia decidiera absolver a un hombre que confesó haber traficado marihuana en su estómago al entender que se trata de una droga “recreativa”, y que su prohibición vulnera muchos derechos.
 
Federico Maciel, magistrado de la capital brasileña tomó su decisión después de escuchar los diferentes alegatos en el caso en el que también medió violencia institucional: después de amenazas recibidas en el penal donde estaba detenido, vomitó las 52 cápsulas que llevaba en el estómago.
 
Teniendo en consideración todos estos hechos y la confesión efectuada por el acusado, su abogado defensor pidió la pena mínima como estrategia procesal proyectando un resultado adverso.
 
Pero Maciel se pronunció, de forma inesperada, en contra de la pena: “La prohibición de sustancias estupefacientes recreativas, como el tetrahidrocannabinol (principal compuesto psicoactivo del cannabis y término usado por el juez ya que consta en la legislación) son fruto de una cultura atrasada” que además “viola el derecho a la igualdad, restringiendo el derecho de una gran parte de la población”.
 
“Suena incoherente el hecho de que otras sustancias estupefacientes como el alcohol y el tabaco, no solo son permitidas y vendidas, generando millones de ganancias para los empresarios de esos ramos, sino además consumidas y adoradas por la población”, cuando la marihuana está prohibida, reseñó el magistrado.
 
Si bien la sentencia fue dictada a fines del año pasado, se dio a conocer estos días por el fuerte revuelo que generó en la administración de Justicia y las fuerzas uniformadas que se vieron involucradas.
 
En su decisorio, Maciel hizo un recorrido sobre los avances que se llevaron a cabo en los últimos años en este sentido: en Estados Unidos, el uso medicinal en California, el recreativo en Colorado y Washington, la despenalización del consumo en España y la regulación que se está llevando a cabo en Uruguay.
 
De todas formas, el fallo fue recurrido por la Fiscalía, desde donde afirmaron que “la definición de cuáles son las sustancias consideradas como droga pasa por un criterio jurídico-técnico-científico, y no cabe al juez ignorar tal criterio para decidir lo que debe ser considerado o no como sustancia estupefaciente prohibida”.
 


dju

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