La Corte de Justicia de Salta rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de un hombre que mató a su mujer y que después sostenía que había actuado en legítima defensa. Los detalles de la sentencia.
La Corte de Justicia de Salta, con las firmas de Guillermo Posadas, Guillermo Catalano, Abel Cornejo, Sergio Vittar, Guillermo Díaz, Susana Kauffman de Martinelli y Ernesto Samsón, rechazó un recurso de casación presentado por la defensa de un hombre que mató a su mujer y que después argumentó que el hecho había ocurrido en legítima defensa.
Se trata de la causa “C/C Morales, Américo Alcides – recurso de casación” donde la defensa del hombre presentó un recurso de casación ya que buscaba obtener un atenuante y encuadrar el delito en el exceso de legítima defensa.
Morales, en el marco de una agresión mutua con su pareja pero con superioridad física evidente, la golpeó utilizando una pieza de mármol de considerable peso cuando se encontraba en el suelo y de espaldas a su agresor. El golpe le provocó la muerte por el traumatismo de cráneo.
La defensa del hombre condenado por homicidio simple a nueve años de prisión argumentó que Morales, previo a matar a su pareja, había sido golpeado por esta con distintos elementos, entre ellos un palo de escoba.
“Américo Alcides Morales no representó un accionar defensivo, sino un emprendimiento doloso, del tipo penal previsto por el artículo 79 del Código Penal”, sostuvo el máximo tribunal de justicia salteño.
Además marcó que el caso “trasuntaba la violencia de género que vulnera disposiciones del derecho penal interno pero también normas de raigambre constitucional y convenciones internacionales plenamente vigentes”.