Comenzó el juicio por el crimen de las turistas francesas | Audiencia ante la CIDH con la participación de la Defensoría General de la Nación | Formosa: Yo quiero ser judicial
Primera audiencia del juicio de las turistas francesas
Este martes, la Sala II del Tribunal de Juicio de la provincia de Salta, integrada por los jueces Angel Amadeo Longarte, Bernardo Ruiz y Carlos Héctor Pucheta, dio inicio al debate oral de la causa nº 17.836/13 caratulada "Gustavo Orlando Lasi, Daniel Octavio Eduardo Vilte Laxi, Santos Clemente Vera, Omar Darío Ramos y Antonio Eduardo Sandoval por Doble Homicidio Calificado Criminis Causa con Abuso Sexual agravado y Robo Calificado en Concurso real y Encubrimiento calificado en perjuicio de Cassandre Bouvier y Houria Moumni" en el que se investiga los homicidios de Cassandre Bouvier y Houria Moumni, dos turistas de nacionalidad francesa que fueron halladas sin vida el 29 de julio de 2011, en la Quebrada de San Lorenzo, provincia de Salta. Las audiencias se celebrarán en el Salón de Grandes Juicios de Ciudad Judicial. Numerosas familiares de las víctimas se han constituido como querellantes en la causa.
La Defensoría General de la Nación ante la CIDH por una sentencia de homicidio
El pasado lunes 24 de marzo, se realizó en la ciudad de Washignton DC, Estados Unidos una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por el caso 12.710, caratulado "Sandra y Marcos Cháves vs. Argentina", en la que participaron la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, en representación de los accionantes, y la Ministra de Justicia de la provincia de Salta, Cintia Calletti, por el Estado Argentino. El caso se inició a raíz de una condena de prisión perpetua recaída sobre Sandra Beatriz Cháves y, su padre, Marcos Gilberto Cháves, por la presunta participación y comisión –respectivamente– del delito de homicidio, doblemente agravado por alevosía y por el vínculo, de José Antonio González, cónyuge de la mujer. Según detalla un comunicado emitido por la Defensoría General de la Nación, en la sentencia existió una vulneración del principio de inocencia, "toda vez que la condena a prisión perpetua se dictó sin pruebas de cargo, en tanto Sandra y Marcos Cháves fueron condenados a partir de supuestos indicios y eventuales hechos que, aún si hubieran sido ciertos, tampoco permitían construir una conclusión condenatoria". La postura de la DGN es que el fundamento de la condena se basó en criterios discriminatorios y de peligrosidad, "la decisión dictada por el tribunal de juicio se basó en prejuicios y estereotipos de género, al haber utilizado, para fundar la condena, referencias al color de su ropa interior, a sus hábitos alimentarios (así, por poner sólo un ejemplo, sostuvo que por padecer anorexia nerviosa tenía una natural inclinación a cometer homicidios o lesiones gravísimas), o a su comportamiento ulterior al hecho (una pretendida “frialdad” a la que aludieron los jueces al calificarla con el apelativo de “viuda alegre”)", sostuvo la Defensoría. La representante del Estado Argentino ofreció una solución amistosa, que será analizada por la DGN. Los condenados se encuentran en prisión desde el año 2000.