La Cámara del Trabajo declaró justificado el despido de un inspector de la AFA al que se le comprobó haber dejado entrar gente sin ticket para presenciar un partido de la selección argentina. Según el fallo, los incumplimientos verificados fueron “suficientemente justificativos de la pérdida de confianza invocada por la demandada, para despedirlo”.
La conducta de un inspector de la AFA, que siendo encargado de velar por la entrada de público en un espectáculo deportivo, permitió el ingreso de numerosos hinchas sin ticket para presenciar un partido de Argentina en la Copa América 2011, resultó ser una causal justificada de despido.
Ello fue lo decidido en la causa “D.N.,J.L c/ Asociación del Fútbol Argentino s/ Despido”, por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, integrada en esta oportunidad por los jueces Miguel Ángel Pirolo y Graciela A. González, quienes confirmaron lo decidido por el juez de Primera Instancia.
El ente regulador del fútbol había determinado el distracto, al haber comprobado por un video registrado por una cámara de seguridad, que el inspector “intervino para la liberación, ante la Policía de Córdoba, de un individuo identificado en video policial gestionando el ingreso de gente sin entradas por la puerta a su cargo” y que “hizo ingresar personas sin autorización”, lo que encuadraba en la causal de pérdida de confianza.
Los jueces encontraron acrediatada la conducta imputada al actor, gracias a los testimonios vertidos en la causa, que daban cuenta de haber “visto cómo ingresaba gente –en especial de las barras- sin entradas y aclaró que la gente de AFA estaba para controlar el ingreso y colaborar en la tarea pero no para autorizar gente a ingresar sin su ticket”.
Lo que hizo concluir a la Sala que “si bien resulta cuestionable la intervención del demandante en la detención policial de una persona que gestionaba el ingreso de gente sin entradas (comúnmente llamado “busca”), en tanto los testigos hicieron referencia a un video policial que no pudo ser arrimado a la causa, lo cierto es que los incumplimientos verificados resultan, a la luz de las obligaciones del actor como inspector de AFA, suficientemente justificativos de la pérdida de confianza invocada por la demandada, para despedirlo”.
“Conforme lo expuesto, y teniendo en cuenta la importancia de la función desempeñada por el actor en el contexto de una cancha de fútbol y a los perjuicios que la entrada de personas sin su ticket correspondiente genera en la demandada, no sólo a nivel económico sino respecto de los peligros que el exceso de público podría generar”, el Tribunal propició la confirmación de lo resuelto en la anterior instancia “en cuanto considera ajustado a derecho el despido decidido por la empleadora y desestima las indemnizaciones reclamadas en su consecuencia”.