La Procuración Penitenciaria de la Nación realizó una recomendación sobre la prescripción y entrega de medicamentos psiquiátricos en los pabellones de las diferentes unidades penitenciarias. Los detalles de la recomendación.
La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) realizó la recomendación 5937 en la que pone el foco sobre la prescripción y entrega de medicamentos psiquiátricos en los pabellones de las diferentes unidades penitenciarias.
La recomendación surge desde el Área de Salud Mental del organismo que realizó una serie de monitoreos entre junio y octubre del año pasado y que recién ahora realiza esta recomendación oficial. En ese sentido el monitoreo realizado buscaba dar cuenta de la “circulación ‘des-regulada’ de psicofármacos en los pabellones”.
Según explican desde el organismo, cuyo titular es Francisco Mugnolo, dicha circulación “forma parte de situaciones violentas como suicidios, intentos de suicidio, autolesiones y conflictos diversos entre pares.
“Dicha circulación cobró para nosotros el relieve de una situación preocupante en la medida en que terminaba formando parte de episodios con alguna connotación violenta” explicaron.
Y agregaron: “nos llamó la atención que -en más de un caso- muertes por suicidio -o supuestos suicidios- que acaecieron en algunas unidades, se producían al día siguiente o como aparente corolario de "fiestas" en las que el psicofármaco formaba parte como un elemento que nada tenía que ver con lo médico”.
Por ello realizaron la recomendación para poder “restablecer el debido cumplimiento de lo que la Ley de Salud Mental y su Decreto Reglamentario establecen en este sentido”.
La recomendación detalla por ejemplo que en el caso de la administración del clonazepan a los internos “no hay un criterio común” y este psicofármaco que es “considerado adictivo por alguno de los profesionales entrevistados, pero que sin embargo es recetado por otros”.
La Ley de Salud mental es clara: ”La prescripción de psicofármacos debe realizarse siguiendo las normas internacionales aceptadas por los consensos médicos para su uso racional, en el marco de los abordajes interdisciplinarios que correspondan a cada caso”.
La norma actual dice: “La prescripción de medicación sólo debe responder a las necesidades fundamentales de la persona con padecimiento mental y se administrará exclusivamente con fines terapéuticos y nunca como castigo, por conveniencia de terceros o para suplir la necesidad de acompañamiento terapéutico o cuidados especiales. La indicación y renovación de prescripción de medicamentos sólo puede realizarse a partir de las evaluaciones profesionales pertinentes y nunca de forma automática. Debe promoverse que los tratamientos psico-farmacológicos se realicen en el marco de abordajes interdisciplinarios”.