20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Magistratura de la Nación

La elección de abogados para el Consejo ya no es lo que era

Este martes se oficializaron los cambios en la reglamentación de las elecciones de abogados para integrar el Consejo de la Magistratura de la Nación. Las modificaciones incorporan las exigencias de la Ley 26.855, que modificó el Consejo, y aumenta el número de electores por mesa.

Este martes se oficializó la resolución aprobada la semana pasada por el Consejo de la Magistratura que modificó algunos detalles en el Reglamento para la elección de los abogados que integrarán el Consejo de la Magistratura.

Se trata de la resolución plenaria del Consejo de la Magistratura número 239/2014, aprobada la semana pasada por unanimidad, en la que se modifican los artículos 12 y 14 del mencionado reglamento.

El primero de los cambios adecua la norma a la reciente sanción de la Ley 26.855 que modificó el Consejo y que incorpora en el tercer párrafo de este artículo las “las condiciones exigidas en el artículo 4 de la ley 24.937, texto modificado por artículo 5 de la ley 26.855”.

Igualmente, se mantienen ciertas cuestiones que ya figuraban en la reglamentación, esto es, que los candidatos titulares y suplentes deberán ser abogados de la matrícula federal en ejercicio “debiendo aceptar expresamente su candidatura con la declaración de que no se encuentran afiliados a ningún partido político al momento de la postulación”.

Además, en caso de resultar electos, la reglamentación contempla que “se comprometen a renunciar antes de la asunción” al cargo como consejero en representación del estamento de abogados.

También deben presentar “certificación donde conste que no se encuentran afectados por sanciones disciplinarias vigentes al tiempo de su postulación”.

La otra modificación que se incorporó a pedido de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) fue al respecto del número de electores por mesa”.

Se cambia el artículo 14 de la reglamentación y se consigna que “se constituirá una mesa electoral cada dos mil (2000) electores. En los casos en que haya dos o más mesas, éstas se dividirán por orden alfabético”.

La resolución aprobada la semana pasada por todos los consejeros y publicada este martes en el Boletín Oficial se encuentra firmada Alejandro Sánchez Freytes, presidente del Consejo y por la Secretaria General, María S. Berterreix.

 



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