28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Un resbalón sin pruebas no es un resbalón

La Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributaria de la Ciudad rechazó una demanda presentada por un hombre que sostenía que se había resbalado en una ducha pública en el barrio porteño de Constitución.

Darío Reynoso, titular del juzgado N° 24 en lo Contencioso Administrativo y Tributario (CAyT) de la Ciudad, rechazó una demanda presentada por un hombre que sostenía que se había resbalado en una ducha perteneciente al gobierno de la Ciudad.

Se trata de una causa en la que un hombre pedía una indemnización de unos 100 mil pesos por los daños y perjuicios generados como consecuencia de un resbalón sufrido al refrescarse en una ducha pública.

El hombre en 2003, en pleno verano, luego de tomar sol se dio una ducha en una de las duchas públicas ubicadas en las proximidades de la avenida Brasil y Calabria. Según explicó, se resbaló y golpeo debiendo ser atendido por el SAME y trasladado al hospital.

Según explicó en la demanda, debieron realizarle una operación en la pierna por el golpe que sufrió. Por ello solicitó un resarcimiento económico por los daños y perjuicios pidiendo 100 mil pesos de indemnización.

El juez, sin embargo, rechazó la demanda ya que no encontró corroborada la versión del hombre porque las pruebas existentes en la causa daban cuenta de que el SAME concurrió al lugar aquel día por “convulsiones” con “traumatismos leves”.

Para el juez “el actor manifiesta haber sido intervenido quirúrgicamente en su pierna izquierda en el Hospital Argerich –como consecuencia del hecho relatado- y que permaneció internado por trece días a consecuencia de ello, lo cierto es que no aportó prueba documental, informativa o testimonial que así lo acredite”.

“No existen presunciones suficientes, ni graves, ni precisas, como así tampoco concordantes, que analizadas de conformidad con las reglas de la sana crítica me convenzan acerca de la verosimilitud del relato”, dice el juez en la resolución.

Por ello el magistrado resolvió que “la demanda debe ser rechazada en todas sus partes, siendo la totalidad de las costas del proceso a cargo del actor” por lo que deberá pagarle a la letrada del gobierno porteño y a los peritos, así como a su propio abogado, los honorarios de más de 30 mil pesos.

 



dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486