20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

¿Abogacía federal o registro privado de abogados?

Un proyecto de ley del diputado De Pedro (FpV) propone la creación de una matrícula federal que será otorgada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados. De aprobarse, la matrícula permitirá el ejercicio de la abogacía ante la Corte Suprema y ante la Justicia Federal de todo el país. El apoyo de la FACA y las críticas del CPACF:

El pasado lunes, el Diputado Nacional y Consejero de la Magistratura Eduardo “Wado” De Pedro ingresó el proyecto de Ley de Ejercicio de la Abogacía ante la Justicia Federal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El mismo exige la inscripción de abogados ante una matrícula federal para el ejercicio de la profesión en el fuero federal y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“La medida que se impulsa tiene antecedente en la propuesta formulada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.), entidad de carácter federal integrada por setenta y nueve (79) colegios de abogados distribuidos en todo el país” señala la exposición de fundamentos del legislador.

Según el texto del proyecto, la matrícula será otorgada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.), “que ejercerá el gobierno de la matrícula y a la que se faculta para delegar esta atribución” en dos supuestos. El primero, “la delegación en los colegios y entidades profesionales que ejerzan el gobierno de la matrícula local, en las jurisdicciones que tengan colegiación lega”, el segundo, en las Cámaras Federales de Apelaciones “en aquellas jurisdicciones en las que no exista colegiación legal”.

La norma aclara que ello será “para todos los casos se dispone que la matricula federal será expedida con intervención del colegio o cámara que corresponda al domicilio real del profesional solicitante”.

De Pedro recordó que, previo a la sanción de la Ley 23.187 de Ejercicio de la Abogacía, que crea el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la Ley Nº 22.192 impuso el registro de la matrícula federal a cargo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuyas tramitaciones se sustanciaban, de acuerdo a los términos de los artículos 3 y 7, ante las Cámaras Federales de Apelaciones con asiento en las provincias. Con esa matriculación se podía ejercer en la Capital Federal y ante la Justicia Federal.

Ello se modificó en 1980, cuando el Máximo Tribunal, mediante la Acordada 13/1980 dispuso que en el interior del país el registro de la matrícula federal se encuentre a cargo de las Cámaras Federales de Apelaciones. Todo ello, hasta la sanción de la Ley que creó el CPACF, y que según De Pedro produjo “una situación de desigualdad entre los matriculados en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y quienes se encontraban matriculados ante una de las Cámaras Federales de Apelaciones del interior, con respecto a su actuación ante la Justicia Federal”.

“En efecto, mientras quienes se encontraban matriculados ante la aludida entidad profesional podían actuar ante los tribunales y cámaras federales de todo el país sin necesidad de matricularse ante ellos, los inscriptos ante las Cámaras Federales de Apelaciones del interior podían ejercer la abogacía ante todos los tribunales y cámaras federales del país salvo en la Capital Federal en la que era obligatoria la inscripción en el colegio público creado por la citada ley”, argumentó.

Lo que obligó a la Corte a dictar una nueva acordada para establecer que los abogados inscriptos en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal que quisieran actuar ante la Justicia Federal del resto del país, “deberían acreditar para ello su inscripción ante alguna de las Cámaras Federales de Apelaciones con asiento en una provincia”, lo que se mantiene hasta la actualidad, pese a que en 1990 se intentó incorporar un nuevo régimen similar al del proyecto de ley presentado, pero que fue vetado por el Poder ejecutivo de entonces.

Esa postura fue la que motivó al legislador a presentar el proyecto, que declara que la inscripción en la matrícula efectuada ante la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) tendrá “validez nacional, habilitando al profesional para el ejercicio de la abogacía ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ante la Justicia Federal en todo el territorio de la República”.

La norma también dispone de una serie de deberes y prohibiciones, estas últimas funcionan como un Código de Ética, sin perjuicio de las otras disposiciones legales. Algunas de las conductas reprochadas en el proyecto son la “procurarse clientela por medios incompatibles con el decoro, probidad y dignidad profesionales”; “efectuar publicidad que pueda inducir a engaño o en la cual se ofrezcan o insinúen soluciones contrarias a la ley, a la moral o al orden público”; “asegurar al cliente el éxito del pleito” o “tener un trato profesional directo o indirecto con la contraparte prescindiendo del profesional que la represente, patrocine o defienda en el juicio”, entre otras.

La Ley también prevé que la potestad disciplinaria sobre los letrados estará a cargo de las respectivas entidades profesionales “que ejerzan el gobierno de la matrícula o tengan a su cargo la respectiva inscripción profesional”. Y la competencia será de acuerdo a la entidad que ejerza el gobierno de la matricula “o tenga a su cargo la inscripción profesional del lugar donde se cometió la presunta infracción”. La decisión de la misma será apelable ante la FACA, aunque el proyecto indica que ello deberá ser reglamentado posteriormente.

Repercusiones, apoyos y críticas

Desde la FACA se mostraron optimistas con el proyecto, desde la web de la entidad manifestaron que el mismo “fue recibido con beneplácito por la abogacía federal al considerar que se estaría cerca de concretar un viejo anhelo de la colegiación de abogados”. Su presidente, Ricardo De Felipe, manifestó que “este proyecto viene a brindar mayor independencia a los abogados que ya no deberán depender de una Cámara Federal para poder litigar en dicho fuero y podrán obtener su matrícula en su colegio de origen, simplificando así los trámites y manteniéndose además la gratuidad de la misma”.

Desde el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal se criticó la iniciativa, a la que calificó de “un omnipresente registro privado y ajeno al espíritu federal que inspira nuestra organización nacional “, y declaró que esperaba que "iniciativas como la presente encuentren su freno preciso en el seno del Congreso, y en el caso de aprobarse, ante los Jueces de la Nación Argentina"

“El gobierno de la matrícula de los abogados, tanto en el fuero nacional, como federal, provincial y de la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra actualmente en cabeza de cada Colegio profesional y/o Cámara Federal, según la organización interna y territorial de cada provincia y de la Capital Federal”, explicó el documento firmado por la entidad presidida por José Roberto López.

El mismo texto afirmar que otorgar la matrícula “a un único órgano privado para que luego, a su sola discreción, delegue atribuciones en quienes ya las ejercen, es, además de un dislate, un dispendio de recursos económicos y funcionales que sólo pudo ser concebido por quienes procuran, como único fin, un beneficio subjetivo, lejano a los intereses y necesidades de los abogados del país”.

En ese sentido, señaló, por ejemplo, que la norma "olvida las facultades del CPACF para designar abogados de oficio en el ámbito del patrocinio y representación gratuita, delegando tal facultad en los jueces". "Es decir que los nombramientos de oficio a los que están obligados a aceptar los abogados ya no serán realizados por el Colegio, sino sólo por los jueces", agregó.

El Colegio porteño también criticó la facultad revisora de la FACA respecto de las decisiones disciplinarias de las entidades profesionales. El texto señala que se convierte a la Federación “en una autoridad revisora de todas las sentencias del Tribunal de Disciplina de los Colegios de Abogados, superponiéndose a las funciones de la Cámara, hoy revisora, convirtiéndo a FACA, en éste sentido, en un poder ‘supra judicial’”.

El Colegio de Abogados de Tucumán mostró su apoyo con el texto, salvo en lo referente al control de la matrícula por parte de la FACA. A través de su presidente Fernando García Posse, el colegio envió una misiva a la FACA en contestación al “pedido de adhesión” formulado por la entidad que agrupa a los colegios. García Posse señaló que la norma era de imposible aplicación en el territorio provincial ya que la propia constitución tucumana impone que el Estado provincial ejercerá el poder de policía respecto de las matrículas profesionales”.

De Felipe contestó a esas críticas afirmando que “nada cambia para los colegios, ya que el único que expide hoy la matricula federal es el Colegio Público de la Capital Federal, para el cual, la cuestión no lo va a afectar porque seguirá expidiéndola. Por el contrario, el resto de los colegios del país sí podrán expedir no sólo la matrícula local, sino también la federal con el beneficio que se descomprimirá la tarea de las Cámaras Federales ya que esta tarea administrativa la distrae de su objetivo principal”.

El proyecto, que ingresó a la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados bajo el expediente 7143-D-2014 iba a ser discutida este jueves junto a otro paquete de leyes, pero la reunión de comisión fue suspendida.



matías werner
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