La Cámara de Casación Penal revocó una sentencia y sobreseyó a tres detenidos procesados por tenencia de estupefacientes en una cárcel del sur del país. “La titularidad de derechos no se detiene frente a los muros de los establecimientos carcelarios”, explicaron los jueces.
La sala III de la Cámara de Casación Penal, con las firmas de Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Liliana Catucci, revocó una sentencia y sobreseyó a tres detenidos que habían sido procesador por tenencia de estupefacientes en una cárcel del sur del país.
Se trata de la causa “Maíz, Leonardo y otros s/ recurso de casación” donde la Casación revocó por mayoría, conformada por Sloka y Ledemas y disidencia de Catucci, una sentencia de la Cámara Federal de General Roca.
“La circunstancia de que la tenencia de estupefacientes para consumo personal esté dirigida a una persona detenida en un establecimiento penitenciario, no implica por sí solo que se haya producido un daño a bienes o derechos de terceros”, expuso Slokar, con la adhesión de Ledesma.
Y agregaron que “la titularidad de derechos no se detiene frente a los muros de los establecimientos carcelarios”, porque “lo contrario sería admitir una zona de ‘no derecho’, ajena a la juricidad”.
“Sin perjuicio de la escasa cantidad de droga secuestrada, el ámbito carcelario donde fue incautada permite afirmar que la conducta que se investiga ha trascendido el ámbito privado protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional”, dijo Catucci.
Por todo ello, los jueces por mayoría, casaron la sentencia de la Cámara Federal de General Roca ordenaron “estar a lo dispuesto en la resolución dictada por ante el Juzgado Federal de General Roca”.
Lo que significa el sobreseimiento de los tres detenidos porque se asimila al caso “Arriola” donde la Corte Suprema favoreció la situación del imputado de tenencia de droga para consumo personal.