La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de dos policías que ante el robo a una persona, y la detención de los presuntos autores, jamás los llevaron a la comisaría y no labraron ningún acta. Los uniformados fueron procesados por encubrimiento.
La sala I de la Cámara del Crimen, con las firmas de Jorge Rimondi y Luis María Bunge Campos, confirmó el procesamiento de dos policías que ante el robo a una persona, y la detención de los presuntos autores, jamas los llevaron a la comisaría no labraron ningún acta.
Se trata de la causa “S., O. E. y otro s/procesamiento” que se inició luego de que en marzo de 2003, luego que un hombre saliera de un bar y fuera atacado por tres personas que le pegaron y le robaron mil pesos, según denunció el agredido. Personas que pasaban por el lugar detuvieron la golpiza al joven y también a los autores del robo.
Según consta en el expediente, “por el lugar pasaba un patrullero, el damnificado los detuvo y le indicó a personal policial lo que había acontecido, quienes les refirieron que procederían a trasladar a dichos hombres a la dependencia policial”. Nunca lo hicieron.
En primera instancia ambos policías fueron procesados como coautores del delito de encubrimiento. Entre las pruebas aportadas a la causa se encontraban filmaciones de la Policía Metropolitana que daban cuenta de este accionar. La defensa de los uniformados apeló el procesamiento y el caso llegó a la Cámara.
Su principal argumentación intentó demostrar que la víctima del robo “no fue preciso en la individualización de sus agresores” y “sólo mencionó que con ellos había tenido un forcejeo, sin aludir a una sustracción” y por eso “no pudieron intervenir”.
Pero los jueces estos argumentos no encuentran “sustento válido” porque en las imágenes aportadas en la causa se ve cómo la víctima “se mostró vehemente al indicar a uno de los autores de la sustracción, dado que lo llevaba a empujones hacia el móvil policial”.
Los jueces consignan que “la falta de la debida intervención de los agentes ante la noticia del acaecimiento de un hecho ilícito y la indicación por parte de la víctima de sus atacantes, surge aún más prístina si se tiene en cuenta que los encausados no dejaron constancia del procedimiento en ninguno de los libros internos de la seccional para la cual prestan tareas”.
“Lo que nos termina de convencer que el agravamiento de su situación procesal deviene ajustada a derecho, ello sin perjuicio de la calificación legal que mejor derecho tenga de ser aplicada al caso”, concluyen los jueces y confirman el procesamiento de los policías.