La Justicia de Salta suspendió los trabajos de refuncionalización de peatonales de la ciudad de Salta. Hizo lugar a una medida cautelar y dispuso que se realice una audiencia pública. El amparo presentado.
Ángel Amadeo Longarte, integrante de la Sala II del Tribunal de Juicio de la ciudad de Salta, hizo lugar a una medida cautelar en un amparo ordenando suspender los trabajos de refuncionalización de peatonales en la ciudad de Salta.
En la sentencia el juez sostuvo que “se advierte de la lectura de las bases del pliego licitatorio y demás documentación, que la obra se trata de una revitalización, esto es, un calafateado que se reduce al cambio de soleados y de luminarias y bancos”, dice.
La demanda fue presentada por un abogado de aquella provincia que sostiene que las obras ejecutadas por el gobierno salteño no tenían planos de electricidad o de contingencia.
En el fallo el juez sostuvo también que “se advierte de la lectura de las bases del pliego licitatorio y demás documentación, que la obra se trata de una revitalización, esto es, un calafateado que se reduce al cambio de soleados y de luminarias y bancos”, dice.
Pero agrega que esto se hace “sin haber realizado obras de soterramiento de los cables, y sin que evidentemente hubiera tenido un efecto positivo desde el punto de vista ambiental, como así también la planificación de las obras de infraestructura” y por eso hace lugar a la medida cautelar.
“No contamos con la planificación de la infraestructura de la obra, que por otra parte se le exige a cualquier ciudadano que pretenda la realización de una particular”, destaca la sentencia.
Además de hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el abogado provincial el juez Longarte convocó a una audiencia pública para el próximo 19 de diciembre de la que participaran además vecinos, comerciantes y otros organismo públicos.
“La audiencia pública intenta sacar a los gobernados de la pasividad a fin de obligarlos a asumir responsabilidades, a tomar un papel que les exige protagonismo y que ayuda a compatibilizar posiciones adversas y al mejor conocimiento recíproco entre distintos sectores de la sociedad”, dice el juez en la sentencia.