20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Córdoba extiende la Justicia digital

El TSJ de Córdoba implementó el sistema electrónico de administración de causas para la gestión electrónica de los procesos jurisdiccionales en las Fiscalías de la Capital provincial, y también amplió su utilización para los abogados de la matrícula.

Mediante dos acuerdos reglamentarios publicados en el Boletín Oficial de la provincia, el Máximo Tribunal cordobés extendió el uso del sistema de Administración de Causas (S.A.C.) a Fiscalías y abogados de la matrícula.

Por un lado, en el Acuerdo Reglamentario Nº 1248 - Serie “A”, suscrito por los vocales Carlos Francisco García Allocco, Aída Lucía Teresa Tarditti, Domingo Juan Sesín y María de las Mercedes Blanc G. de Arabel, se decidió extender el alcance del del Acuerdo Reglamentario N° 1155 Serie “A”, que dispuso la puesta a disposición de los abogados y asesores letrados, del contenido de los expedientes radicados en las diferentes sedes del interior de la provincia, a los abogados de la matrícula y a los asesores letrados que posean habilitado nombre de usuario/ contraseña e intervengan en el pleito, la consulta del estado y ubicación de los expediente, las radiografías de los mismos, conjuntamente con todos los decretos, préstamos y demás movimientos de las causas radicadas en las Cámaras Contencioso Administrativas de la ciudad de Córdoba Capital. De esta forma, se incorporan "a los servicios informáticos publicados por este Poder Judicial".

Los magistrados tuvieron en cuenta "la celebración entre el Colegio de Abogados de Córdoba y el Tribunal Superior de Justicia, del ´Convenio de Adhesión Colaborativa del Colegio de Abogados de Córdoba al Programa de ‘Acceso a Servicios de Justicia para Abogados´, como de su Protocolo Adicional Numero Uno, respecto al Programa de ´Acceso a Servicios de Justicia para Abogados´".

Por el Acuerdo Reglamentario Nº 1247 - Serie “A”, ratificado por los mismos magistrados, más María Cáceres de Bolatti. se ordenó la implementación del Sistema de Administración de Causas (S.A.C.) para la gestión electrónica de los procesos jurisdiccionales en la Fiscalía Civil, Comercial y Laboral de Primera Nominación, y en la Fiscalía Civil, Comercial y Laboral de Segunda Nominación del Centro Judicial de Capital, perteneciente a la Primera Circunscripción". Cuya puesta en marcha puesta en marcha entró en vigencia el 1° de diciembre. 

Los magistrados describieron al S.A.C. como "un Sistema de Gestión Judicial que ha sido diseñado, construido y actualizado por el Área de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Poder Judicial de Córdoba. El mismo es un prototipo de gestión integrada de los procesos judiciales, que se utiliza dentro de una Intranet, para documentar las actuaciones que pueden realizarse en el proceso judicial". 

"Este Sistema - indica el acuerdo- permite la distribución y el tratamiento de todas las causas que ingresan a cada tribunal y satisfacen dos necesidades básicas: la gestión automatizada de las oficinas judiciales, en base a la integración y la información adecuada a través de bases de datos, otorgando mayor celeridad en las fases del proceso y trámite, y facilitando la búsqueda y visualización de la información registrada; por otro lado, posibilita -también- la difusión de la información según distintos niveles de acceso". 

El envío de los expedientes a las Fiscalías, por otra parte, se hará "por "remisión" de los Tribunales a la Fiscalía y de la Fiscalía al Tribunal de origen.

"Cada causa - explican los jueces -se identificará con el número único e irrepetible generado por los Sistemas al momento de su carga inicial, el que debe mantenerse en las distintas remisiones que tenga el expediente a la Fiscalía correspondiente. A partir de la entrada en vigencia del Sistema, los tribunales aludidos dejarán de registrar por escrito y en forma manual en los libros de entradas y remisiones existentes. El responsable de la oficina judicial deberá proceder al cierre de los folios no utilizados, dejando constancia de lo dispuesto en la presente Acordada"

La acordada también prohíbe eliminar y/o disponerse la eliminación de los registros informáticos que el sistema genere, salvo el supuesto de errores en la utilización del sistema, que deberán ser corregidos por el propio Tribunal.

La norma también dispone que "a partir de la instalación y puesta en marcha de dicho sistema, todo trámite que se realice en los expedientes deberá, obligatoriamente registrarse en el mismo, asumiendo cada uno de los usuarios responsabilidad por la carga del sistema según el nivel de acceso que le sea dado y los cometidos a su cargo. Se incluye en esta disposición, la obligatoriedad de registrar remisiones, préstamos y devoluciones de expedientes". 



dju
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